El Gobierno dispuso el cierre de 72 Registros del Automotor y reasignará los trámites
La medida alcanza a dependencias de distintas provincias y forma parte de un proceso de reorganización del sistema registral. Los dominios de los vehículos radicados en las oficinas suprimidas serán derivados a registros que continúen funcionando.

El Gobierno nacional dispuso el cierre de 72 Registros Seccionales del Automotor en distintas provincias del país. El Ministerio de Justicia oficializó la decisión mediante la Resolución 538/2026, publicada este jueves 5 de noviembre en el Boletín Oficial.
La medida forma parte de un proceso de reorganización del sistema registral. Además, establece un plazo de 60 días hábiles para completar el cierre operativo de las dependencias y la reasignación de los dominios.
Qué cambia con el cierre de los Registros del Automotor
La resolución identifica 67 registros en el Anexo I, donde incluye nuevas supresiones. Por otra parte, incorpora otros cinco en el Anexo II, que corresponden a dependencias cuya eliminación ya había dispuesto el Gobierno.
De esta manera, la medida alcanza a 72 oficinas de distintas jurisdicciones. Entre ellas figuran la provincia de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Corrientes, Chaco y Misiones.
Qué pasará con los vehículos y sus trámites
Uno de los principales cambios afecta a los dominios registrados en las oficinas que dejarán de funcionar. En esos casos, la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor deberá reasignar cada dominio a otra dependencia que continúe operativa.
Por lo tanto, los vehículos conservarán su inscripción registral. Además, el organismo deberá garantizar la continuidad de los legajos y de la información correspondiente a cada titular.
Qué trámites podrán realizar los registros que sigan abiertos
La resolución también permite que las dependencias que continúen funcionando incorporen nuevas competencias. Así, podrán ampliar su atención a trámites relacionados con:
- Automotores.
- Motovehículos.
- Maquinaria agrícola.
- Maquinaria vial e industrial.
- Créditos prendarios y prendas sobre bienes muebles no registrables.
Sin embargo, cada incorporación requerirá la autorización previa de la Dirección Nacional del organismo.
Cuándo se concretarán los cierres
La Resolución 538/2026 entró en vigencia el 5 de noviembre de 2026, fecha de su publicación en el Boletín Oficial. A partir de allí, el organismo cuenta con un plazo de 60 días hábiles para completar el proceso.
De todos modos, la medida no implica el cierre de todos los Registros del Automotor del país. Por el contrario, alcanza únicamente a las dependencias identificadas en los anexos de la resolución.
Lectura rápida
- ¿Cuántos registros alcanza la medida?
- 72 dependencias.
- ¿Qué provincias incluye?
- Entre otras, Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Corrientes, Chaco y Misiones.
- ¿Qué pasa con los vehículos registrados?
- La autoridad reasignará sus dominios a otras oficinas que continúen funcionando.
- ¿Se pierden los legajos?
- No. El organismo debe garantizar la continuidad de la información registral.
- ¿Cuál es el plazo?
- 60 días hábiles.
- ¿Desde cuándo rige?
- Desde el 5 de noviembre de 2026.



