Salud reorganizó la coordinación federal ante emergencias sanitarias y creó un programa de capacitación
El Ministerio de Salud de la Nación reorganizó el esquema de coordinación ante emergencias sanitarias y transformó la anterior Unidad de Gestión Integral de Riesgo en Salud (GIRSAL) en la Unidad de Coordinación Federal de Emergencias Sanitarias (UCFES). La medida quedó establecida mediante la Resolución 1571/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La nueva estructura tendrá como objetivo fortalecer la articulación entre las áreas nacionales, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para mejorar la preparación y la respuesta ante situaciones de emergencia que puedan afectar la salud de la población.
Qué funciones tendrá la nueva unidad federal
La UCFES tendrá a su cargo la coordinación de acciones vinculadas con la identificación de riesgos, la planificación de respuestas, la elaboración de protocolos y la organización de recursos para afrontar emergencias sanitarias.
También deberá promover el intercambio de información entre los organismos involucrados y trabajar en la identificación de actores, capacidades e insumos disponibles para responder ante distintos escenarios.
La unidad estará presidida por un representante de la Subsecretaría de Institutos y Fiscalización. Su integración contará con representantes de las direcciones nacionales de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras; Epidemiología e Información Estratégica; Relaciones Internacionales; y Emergencias Sanitarias.
La Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias tendrá a su cargo la coordinación técnica y operativa. Además, deberá presentar un plan de trabajo ante la Subsecretaría correspondiente dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigencia de la resolución.
Por su parte, la UCFES deberá proponer su reglamento de funcionamiento dentro de los 60 días de su conformación. Las actividades de sus integrantes y de quienes sean convocados para colaborar se desarrollarán con carácter ad honorem.
Capacitación y participación de las provincias
La resolución también crea el Programa Federal de Capacitación en Emergencias Sanitarias, destinado a fortalecer la formación y preparación de los equipos que intervienen ante situaciones críticas.
Además, el Ministerio invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la iniciativa, designar referentes técnicos y articular sus sistemas de emergencia con el esquema federal.
La norma plantea así un mecanismo de coordinación entre las distintas jurisdicciones, con el propósito de mejorar la planificación y la capacidad de respuesta frente a contingencias sanitarias.
Uso de información y coordinación de equipos médicos
Entre las funciones previstas se encuentra la recopilación, el seguimiento y el análisis de información proveniente de las áreas del Ministerio y de los organismos que participen de la coordinación.
Para esa tarea podrán utilizarse sistemas de información, plataformas digitales, tableros de seguimiento, aplicaciones y programas especializados. La resolución establece que deberán garantizarse la seguridad de los datos, de acuerdo con la Ley 25.326, y su trazabilidad.
También contempla la articulación de equipos de respuesta médica extrahospitalaria, con posibilidad de desplegar grupos de intervención, células de atención especializada y asistencia a distancia mediante herramientas de telemedicina y telemetría.
Cuándo entra en vigencia la resolución
La Resolución 1571/2026 establece que la medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, realizada el 5 de noviembre de 2026.
El texto también aclara que la reorganización no implica modificaciones en la estructura organizativa vigente ni genera gastos adicionales para el Estado nacional.
Lectura rápida
- Norma: Resolución 1571/2026 del Ministerio de Salud.
- Publicación: 5 de noviembre de 2026.
- Nueva unidad: Unidad de Coordinación Federal de Emergencias Sanitarias (UCFES).
- Programa: Programa Federal de Capacitación en Emergencias Sanitarias.
- Participación: se invita a adherir a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Vigencia: desde su publicación en el Boletín Oficial.
Documento oficial: Resolución 1571/2026 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada en el Boletín Oficial.
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