INTERÉS GENERAL

Nuevo recibo de sueldo: qué significa cada sección y cómo controlar la liquidación

El formato comenzó a regir en junio y divide la información en cuatro bloques principales. Además del salario bruto, los descuentos y el monto depositado, ahora deben informarse las contribuciones que la empresa paga por cada trabajador.

Los trabajadores registrados comenzaron a recibir un nuevo modelo de comprobante salarial que incorpora más información sobre la composición del sueldo y el costo total de la relación laboral.

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El cambio fue establecido por la Ley de Modernización Laboral 27.802 y reglamentado mediante el Decreto 407/2026, publicado el 1 de junio. La normativa modificó el artículo 140 de la Ley de Contrato de Trabajo y aprobó un modelo específico que deben respetar los empleadores.

La principal novedad es que el documento ya no se limita a mostrar cuánto ganó el empleado y qué descuentos se le aplicaron. También debe detallar las contribuciones y otros conceptos abonados directamente por la empresa.

La incorporación de estos datos no significa que todos esos importes se descuenten del salario. Una parte corresponde a retenciones sobre la remuneración bruta y otra está a cargo exclusivamente del empleador.

Primer bloque: los datos del trabajador y de la empresa

La parte inicial permite comprobar que el recibo corresponde a la persona, al empleador y al período correctos.

Debe contener, entre otros elementos:

  • Nombre o razón social de la empresa.
  • CUIT y domicilio del empleador.
  • Nombre y apellido del trabajador.
  • Número de CUIL.
  • Fecha de ingreso y antigüedad.
  • Categoría o tarea desempeñada.
  • Período liquidado.
  • Fecha y lugar de pago de las cargas sociales.

Es importante verificar especialmente la categoría laboral, la antigüedad y el convenio colectivo aplicado, porque esos datos pueden incidir sobre el sueldo básico, los adicionales y otros derechos.

Segundo bloque: cuánto paga la empresa además del salario

Esta sección reúne los conceptos que el empleador abona por disposición legal o convencional y que anteriormente no siempre aparecían en el comprobante entregado al trabajador.

Puede incluir:

  • Contribuciones a la seguridad social.
  • Obra social.
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, conocido como PAMI.
  • Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • Conceptos sindicales establecidos por convenio.
  • Aportes destinados a cámaras o entidades empresariales.
  • Seguro de vida y otros cargos aplicables.

Cada concepto debe mostrar la base utilizada para calcularlo, la unidad de medida y el importe resultante. Cuando la empresa abone una suma global correspondiente a varios trabajadores, deberá prorratearla y consignar la parte atribuible a cada empleado.

Estos importes forman parte del costo laboral, pero no reducen el salario neto, salvo que además exista un aporte equivalente a cargo del trabajador autorizado por la normativa.

Tercer bloque: remuneración bruta y descuentos

En esta parte se detalla cómo se conformó el salario antes de efectuar las deducciones.

Entre los conceptos que pueden aparecer figuran:

  • Sueldo básico.
  • Antigüedad.
  • Presentismo.
  • Horas extras.
  • Comisiones.
  • Bonificaciones.
  • Adicionales por convenio.
  • Feriados trabajados.
  • Vacaciones.
  • Viáticos.
  • Sumas remunerativas y no remunerativas.

La suma de esos ítems determina la remuneración bruta, aunque los conceptos no remunerativos pueden tener un tratamiento diferente frente a determinadas cargas.

A continuación, el recibo debe discriminar las deducciones aplicadas, entre ellas:

  • Aporte jubilatorio.
  • Obra social.
  • Aporte al PAMI.
  • Cuota sindical, cuando corresponda.
  • Impuesto a las Ganancias.
  • Embargos judiciales.
  • Adelantos de sueldo.
  • Otros descuentos legalmente autorizados.

El trabajador debería controlar que cada descuento tenga una descripción clara y que no aparezcan conceptos desconocidos o duplicados.

Cuarto bloque: el salario neto

La remuneración neta es el importe final que debe cobrar el trabajador después de restar los descuentos al total liquidado.

La Ley de Contrato de Trabajo exige que ese monto aparezca expresado tanto en números como en letras.

En términos generales, la cuenta puede entenderse de la siguiente manera:

Remuneración bruta + conceptos no remunerativos − deducciones = importe neto

El resultado debe coincidir con la suma depositada en la cuenta bancaria o entregada mediante el medio de pago correspondiente.

Qué muestra el resumen visual del recibo

El nuevo modelo incorpora en su parte frontal una representación de la composición total del costo laboral.

Allí deben agruparse, como mínimo:

  • Salario percibido por el trabajador.
  • Seguridad social.
  • Obra social.
  • PAMI.
  • ART.
  • Conceptos sindicales.
  • Aportes a cámaras o entidades empresariales.
  • Otros rubros.

El objetivo es permitir que el empleado distinga con mayor facilidad cuánto recibe efectivamente y cuánto desembolsa la empresa por encima de esa suma.

Los porcentajes no serán iguales en todos los casos. Pueden variar según la remuneración, la actividad, el convenio colectivo, la obra social, la alícuota de la ART y los adicionales aplicables.

Aportes y contribuciones no significan lo mismo

Aunque suelen confundirse, corresponden a obligaciones diferentes.

Los aportes personales se retienen de la remuneración del trabajador. Por ese motivo, reducen el importe que finalmente se deposita.

Las contribuciones patronales son pagadas por la empresa por encima del salario y no deberían restarse del ingreso del empleado.

Por ejemplo, un trabajador puede observar un aporte personal destinado a la jubilación dentro de sus descuentos y, al mismo tiempo, una contribución patronal al sistema previsional dentro de los costos del empleador.

Qué datos conviene revisar todos los meses

Al recibir el comprobante, el trabajador debería comprobar:

  1. Que el período liquidado sea correcto.
  2. Que figuren la categoría y antigüedad correspondientes.
  3. Que estén incluidas todas las horas extras, comisiones y bonificaciones.
  4. Que el sueldo básico coincida con la escala vigente.
  5. Que los descuentos estén identificados y autorizados.
  6. Que el importe neto coincida con el dinero depositado.
  7. Que las contribuciones patronales no hayan sido restadas indebidamente del salario.

También es conveniente comparar el documento con el del mes anterior para detectar cambios en conceptos, porcentajes o bases de cálculo.

Qué hacer ante una posible diferencia

Cuando aparezca un error o un concepto que no se comprenda, el primer paso es solicitar una explicación al área de Recursos Humanos, al empleador o al estudio encargado de la liquidación.

También puede consultarse al sindicato de la actividad, a un contador o a un profesional especializado en derecho laboral.

El recibo debe conservarse, ya sea en papel o en formato electrónico, porque funciona como constancia del salario abonado, los descuentos efectuados y las condiciones registradas de la relación laboral.

Lectura rápida

¿Desde cuándo se aplica el nuevo modelo?
El Decreto 407/2026 fue publicado y entró en vigencia el 1 de junio de 2026.

¿Cuántas secciones tiene el recibo?
Debe organizarse en cuatro bloques: identificación, contribuciones patronales, salario bruto con deducciones y remuneración neta.

¿Cuál es la principal novedad?
Ahora el trabajador puede observar los costos que la empresa paga además de su salario.

¿Las contribuciones patronales se descuentan del sueldo?
No. Las paga el empleador y deben diferenciarse de los aportes personales.

¿Qué es el salario bruto?
Es la suma de los conceptos salariales antes de aplicar los descuentos.

¿Qué es el salario neto?
Es el importe final que recibe el trabajador luego de efectuar las deducciones correspondientes.

¿Todos los recibos tendrán los mismos porcentajes?
No. Los valores cambian según el sueldo, la actividad, el convenio, la obra social y las cargas aplicables.

¿Qué debe hacerse ante un error?
Solicitar una revisión al empleador o al responsable de la liquidación y conservar el recibo como documentación respaldatoria.

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