Incendios en el delta del río Paraná: Kicillof declaró la emergencia ambiental
A través del Decreto 1088 publicado en el Boletín Oficial, Kicillof ordenó “declarar la emergencia ambiental en la zona del Delta del Río Paraná ubicada en la provincia de Buenos Aires, comprendida por los partidos de San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Escobar, Tigre, San Fernando, San Isidro y Vicente López, por el plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir del dictado del presente decreto”.
La medida además lleva la firma de la ministra de Gobierno, María Teresa García, del ministro de Seguridad, Sergio Berni, y del jefe de Gabinete, Carlos Bianco.
Asimismo, establece “prohibir la actividad de quema de pastizales y suspender toda autorización o permiso de quema de vegetación en la zona declarada en emergencia ambiental” y que “las autoridades públicas provinciales ejecutarán las acciones necesarias para velar por el cumplimiento de la medida dispuesta en el párrafo precedente”.
A su vez, el decretó crea el Comité Interministerial de Emergencia del Delta (CIED) a “efectos de articular con los organismos provinciales, nacionales y municipales las medidas de prevención, control y mitigación de los efectos producidos por los incendios y de identificación catastral de las zonas afectadas. El Comité será coordinado por un representante del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, e integrado por representantes de los Ministerios de Seguridad, de Gobierno y del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible”.
Además, se instruyó al Ministerio de Seguridad y al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible a “adoptar las medidas necesarias para elaborar en forma conjunta un Plan de Manejo del Fuego para la zona del Delta del Paraná en el ámbito de la provincia de Buenos Aires”.
Finalmente, se invitó a los municipios de la provincia de Buenos Aires “alcanzados por lo dispuesto en el artículo 1° a adherir a los términos del presente decreto y/o adoptar, en forma urgente, medidas de idéntico tenor, como así también aquellas necesarias para prohibir actividades de quema en sus jurisdicciones y suspender las autorizaciones que se encuentren vigentes”.
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