Desde este sábado rige el nuevo régimen penal juvenil: los cambios para adolescentes desde los 14 años

A partir de este sábado 5 de septiembre comenzará a aplicarse el nuevo régimen penal juvenil, establecido por la Ley 27.801, que modifica las reglas vigentes hasta ahora para los adolescentes acusados de cometer delitos.
Una de las principales modificaciones es la reducción de la edad a partir de la cual un menor puede ser juzgado penalmente: pasa de los 16 a los 14 años. La normativa también establece un nuevo esquema de penas y determina responsabilidades civiles para los progenitores por los delitos cometidos por sus hijos.
La ley fue aprobada por el Congreso en febrero y reemplaza las disposiciones de la Ley 22.278, que regulaba el régimen penal para menores desde la década de 1980.
De acuerdo con el texto aprobado, el objetivo es “fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.
El nuevo sistema establece que los adolescentes podrán ser sometidos a un proceso penal cuando tengan entre 14 y 18 años al momento de cometer un delito, de acuerdo con las condiciones previstas por la normativa. Las sanciones pueden alcanzar hasta 15 años, según el delito y las circunstancias del caso.
Además, la legislación establece que los padres o responsables legales tendrán responsabilidad civil por los daños derivados de los delitos cometidos por sus hijos.
Qué protección tendrán los adolescentes
La normativa mantiene la prohibición de divulgar información que permita identificar a los menores involucrados en causas penales.
Por ese motivo, no podrán difundirse nombres, apodos, datos sobre filiación o parentesco, domicilio o lugar de residencia, ni fotografías u otros elementos que permitan reconocer al adolescente acusado.
En caso de una detención, los menores deberán permanecer en establecimientos especialmente preparados para adolescentes y no podrán compartir alojamiento con personas mayores de edad.
El régimen también contempla medidas destinadas a la educación y la integración social. Los adolescentes podrán acceder a programas para finalizar sus estudios obligatorios, además de iniciativas de formación ciudadana, capacitación laboral y actividades deportivas.
Cuáles son las penas previstas
El nuevo régimen incorpora distintas alternativas a la prisión. Entre las sanciones que pueden aplicarse se encuentran:
- Amonestaciones.
- Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima, sus familiares u otras personas.
- Prohibición de conducir vehículos.
- Prohibición de asistir a determinados establecimientos o espectáculos, incluidos eventos deportivos, musicales y culturales.
- Prohibición de salir del país o de la localidad donde vive.
- Trabajos o servicios en beneficio de la comunidad.
- Monitoreo electrónico mediante un dispositivo de rastreo.
- Reparación integral del daño provocado a la víctima.
- Privación de la libertad en el domicilio.
- Internación en un instituto abierto o en un establecimiento especializado de detención.
La ley establece además determinados supuestos en los que puede evitarse una pena de prisión.
Esto ocurre cuando la condena no supera los tres años. También puede aplicarse cuando la pena se ubica entre tres y diez años, siempre que se cumplan determinadas condiciones y el delito no haya provocado la muerte de la víctima ni involucrado una grave violencia física o psicológica contra otras personas. También se contempla la situación de adolescentes que no tengan otras condenas ni procesos penales en curso.
El texto establece: “En todos los casos, se deberán imponer al adolescente, conjuntamente, medidas específicas tendientes a desarrollar su educación, el trabajo y la conciencia de la gravedad del hecho cometido, con vistas a lograr su resocialización y desarrollo de su vida”.
Qué ocurre después de cumplir parte de la condena
La normativa también establece un mecanismo para modificar la forma en que se cumple una pena.
Cuando el adolescente haya cumplido dos tercios de la condena en detención y reúna las condiciones previstas por el Código Penal para acceder a la libertad condicional, podrá continuar cumpliendo la sentencia mediante otra de las sanciones contempladas por el régimen.
En cambio, si el adolescente incumple sin una justificación una pena alternativa impuesta por el juez, la autoridad judicial podrá reemplazarla por una sanción de mayor gravedad.
De esta manera, el nuevo régimen establece un sistema que combina responsabilidad penal desde los 14 años, distintas alternativas a la prisión, medidas educativas y mecanismos específicos para el cumplimiento de las condenas.
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