ARCA actualizó la factura electrónica: qué cambia, a quiénes alcanza y desde cuándo
La Resolución General 5866/2026 introdujo modificaciones en el régimen de emisión de comprobantes electrónicos. Entre los principales cambios aparecen una modalidad de liquidación electrónica mensual, nuevas reglas para identificar a consumidores finales y un cronograma que incorpora obligaciones para distintos sectores entre 2026 y 2027.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las normas vinculadas con la facturación electrónica en Argentina, con disposiciones que comenzaron a regir el 1 de julio de 2026 y otras que se implementarán de manera progresiva hasta marzo de 2027.
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La normativa no implica un cambio idéntico para todos los contribuyentes: buena parte de las nuevas obligaciones está dirigida a entidades financieras, aseguradoras, empresas vinculadas a tarjetas y sistemas de pago, aunque también establece modificaciones que pueden alcanzar a consumidores y otras actividades.
Nueva liquidación electrónica mensual
Uno de los cambios centrales es la incorporación de la Liquidación Electrónica Mensual.
Los sujetos habilitados podrán optar por facturar cada operación individualmente o realizar una liquidación por período mensual para cada cliente. En este último caso deberán conservar los registros y la documentación que permitan identificar las operaciones que integran el comprobante.
La liquidación deberá:
- Emitirse hasta el último día de cada mes calendario.
- Estar disponible para el receptor dentro de los 10 días corridos posteriores a su emisión.
Entre los sujetos contemplados aparecen entidades financieras y de seguros, administradoras y emisoras de tarjetas, determinados participantes de sistemas de pago, instituciones educativas privadas, algunas entidades de medicina prepaga y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales registrados ante la CNV.
Compras de $10 millones o más: qué datos serán obligatorios
La resolución también actualizó las exigencias para las operaciones realizadas con consumidores finales.
Cuando el importe de una operación sea igual o superior a $10.000.000, el comprobante deberá incluir DNI, CUIL o CDI del comprador. Para extranjeros podrá utilizarse el documento de identidad de su país de origen o el pasaporte.
Además, si el cliente necesita computar la operación como una deducción admitida en el Impuesto a las Ganancias, deberá ser identificado con su CUIT independientemente del monto de la operación.
Honorarios de directores y autoridades: cuándo debe emitirse el comprobante
Otra de las precisiones alcanza a las prestaciones vinculadas con cargos de directores, síndicos, miembros de consejos de vigilancia y autoridades equivalentes de sociedades, asociaciones, fundaciones y cooperativas.
En esos casos, la fecha de emisión corresponde al momento en que se realice la asignación individual del honorario por parte de la asamblea, reunión de socios, directorio u órgano ejecutivo correspondiente. El plazo previsto para la entrega del comprobante es de 10 días corridos desde su emisión.
El cronograma de implementación
ARCA estableció distintas fechas según el sector y el tipo de operación.
1 de septiembre de 2026: comenzarán determinadas obligaciones para las entidades de seguros, especialmente por operaciones con sujetos que no sean responsables inscriptos o exentos de IVA.
1 de octubre de 2026: se incorporarán determinadas operaciones de entidades financieras, entre ellas contratos de leasing y operaciones de comercio exterior.
1 de diciembre de 2026: se ampliarán las obligaciones para entidades financieras, emisoras y administradoras de tarjetas y participantes de sistemas de pagos con transferencias, de acuerdo con las operaciones especificadas por la resolución.
1 de marzo de 2027: entrará en vigencia otra etapa que incluye determinadas operaciones de coaseguro y liquidaciones periódicas vinculadas con entidades financieras, tarjetas y sistemas de pago.
Desde cuándo está vigente la resolución
La Resolución General 5866/2026 fue publicada el 29 de junio y estableció su entrada en vigencia general desde el 1 de julio de 2026, aunque varias obligaciones cuentan con fechas posteriores de aplicación según la actividad involucrada.
Lectura rápida
¿ARCA cambió la factura electrónica para todos?
No de la misma manera. Las modificaciones más específicas alcanzan a determinados sectores financieros, aseguradores y de servicios, aunque existen disposiciones generales sobre identificación de consumidores.
¿Qué pasa con compras de $10 millones o más?
Será obligatorio identificar al consumidor final mediante DNI, CUIL o CDI, según corresponda.
¿Qué es la Liquidación Electrónica Mensual?
Es una modalidad que permite a determinados sujetos reunir las operaciones realizadas con un cliente durante un mes en una liquidación electrónica mensual.
¿Cuándo debe emitirse?
Como máximo, el último día del mes, y debe ponerse a disposición del receptor dentro de los diez días corridos siguientes.
¿Cuál es la norma?
La Resolución General 5866/2026 de ARCA.



