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Aseguradoras de proyectos RIGI podrán acceder al mercado de cambios para pagar reaseguros

El Banco Central puso en vigencia una nueva regulación para las compañías locales que cubran riesgos vinculados con grandes inversiones. La operatoria estará sujeta al origen de los fondos y a controles específicos sobre cada proyecto.

El Banco Central de la República Argentina habilitó desde este lunes el acceso al mercado de cambios para aseguradoras locales que necesiten pagar primas y servicios vinculados con reaseguros contratados en el exterior para proyectos incorporados al RIGI. La medida fue establecida mediante la Comunicación “A” 8464.

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La disposición fue emitida el 6 de agosto y comenzó a regir el 10 de agosto de 2026, fecha en la que también fue publicada en el Boletín Oficial. Alcanza a pólizas destinadas a cubrir riesgos relacionados con la construcción y operación de proyectos desarrollados por Vehículos de Proyecto Único (VPU) dentro del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones.

Qué condiciones deberán cumplir las aseguradoras

La autorización no implica un acceso irrestricto al mercado cambiario. El BCRA estableció que los fondos utilizados deberán haber sido transferidos por el VPU a una cuenta bancaria local de la aseguradora.

Ese dinero deberá provenir, en los casos previstos por la normativa, de la liquidación en el mercado de cambios de endeudamientos financieros con el exterior o de emisiones de títulos de deuda del propio proyecto. También se admiten determinados financiamientos comprendidos en regulaciones previas del Banco Central.

Además, la parte del endeudamiento utilizada para financiar estos pagos no podrá computarse nuevamente para acceder a otros mecanismos cambiarios específicos derivados del ingreso o liquidación de esas mismas operaciones.

Para los casos de precancelación contemplados por la norma, el acceso al mercado deberá concretarse dentro de las 72 horas hábiles posteriores a la liquidación del nuevo endeudamiento por parte del VPU o a la recepción de los fondos, según corresponda.

Más controles para proyectos con beneficios sobre exportaciones

Cuando un VPU haya solicitado su inscripción al RIGI con la intención de utilizar los beneficios previstos para el cobro de exportaciones de bienes y servicios, habrá requisitos adicionales.

La entidad financiera deberá contar con una declaración jurada del representante legal o apoderado del proyecto, en la que quede asentado que el pago realizado por la aseguradora será registrado a nombre del VPU en el sistema dispuesto por el Banco Central. La operación también deberá ser cargada y convalidada en ese sistema antes de avanzar.

La nueva regulación incorpora así una vía específica para afrontar costos de reaseguro en el exterior vinculados con las grandes inversiones, pero condicionada al financiamiento y a la trazabilidad de los fondos utilizados.

En San Nicolás, el RIGI también tuvo tratamiento local: en noviembre de 2024 el Ejecutivo municipal había enviado al Concejo Deliberante un proyecto para adherir al régimen nacional y establecer incentivos para grandes inversiones.

Lectura rápida

¿Qué habilitó el Banco Central?
El acceso al mercado de cambios para aseguradoras locales que deban pagar primas y servicios asociados a reaseguros en el exterior de proyectos RIGI.

¿Desde cuándo rige la medida?
Desde el 10 de agosto de 2026.

¿Qué norma establece el cambio?
La Comunicación “A” 8464 del Banco Central.

¿Puede acceder cualquier aseguradora sin condiciones?
No. La regulación fija requisitos sobre el origen de los fondos, su transferencia desde el VPU y el registro de las operaciones.

¿Qué plazo se establece para determinadas precancelaciones?
Un máximo de 72 horas hábiles en los supuestos contemplados por la normativa.

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