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Cooperativas bajo control antilavado deberán informar a sus 20 principales asociados

El INAES creó un sistema anual de declaraciones sobre autoridades, préstamos, oficiales de cumplimiento y titularidad del capital social.

Las cooperativas comprendidas en las normas de prevención del lavado de activos deberán informar al INAES quiénes son sus 20 principales asociados según la titularidad del capital social registrada al 31 de diciembre de cada año.

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La obligación forma parte de la Resolución 1567/2026 y no alcanza automáticamente a todas las cooperativas. Se aplica a las entidades comprendidas en la regulación de la Unidad de Información Financiera.

Qué información deberán presentar

Las cooperativas y mutuales alcanzadas deberán declarar su inscripción como sujetos obligados, identificar a sus oficiales de cumplimiento titular y suplente y acreditar la aprobación de un manual interno para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas.

También deberán informar el monto bruto anual de los préstamos otorgados y los datos de sus representantes legales, gerentes, apoderados y personas autorizadas a operar en nombre de la entidad. La identificación de los 20 principales asociados será exigida únicamente a las cooperativas.

Los integrantes de los órganos de administración y fiscalización tendrán que presentar una declaración jurada sobre su condición de personas expuestas políticamente.

La documentación se presentará anualmente dentro de los 20 días corridos posteriores al cierre de cada año calendario y deberá actualizarse cada vez que se produzca una modificación.

Lectura rápida

¿La resolución alcanza a todas las cooperativas?
No.

¿Qué deberán informar sobre sus asociados?
La titularidad del capital de los 20 principales al 31 de diciembre.

¿También alcanza a mutuales?
Sí, aunque la nómina de principales asociados se exige solo a cooperativas.

¿La información se presenta una vez?
No. Es anual y debe actualizarse ante cambios.

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