La nueva VTV ya está vigente y podrá hacerse en talleres privados habilitados
El Gobierno abrió el registro para que talleres, concesionarias e importadores puedan realizar controles técnicos. Sin embargo, deberán obtener la habilitación correspondiente y contar con profesionales, instalaciones y equipos específicos.

El Gobierno nacional puso en marcha una nueva etapa de la reforma del sistema de Revisión Técnica Obligatoria (RTO), conocida habitualmente como VTV. La medida permite ampliar la cantidad de establecimientos que podrán inspeccionar vehículos, aunque no significa que cualquier taller mecánico pueda comenzar a entregar certificados inmediatamente.
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La Secretaría de Transporte abrió el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, al que podrán incorporarse talleres particulares, concesionarias e importadores que acrediten la capacidad necesaria para efectuar los controles.
La inscripción será pública, gratuita y digital, mediante la plataforma de Trámites a Distancia. Los establecimientos habilitados podrán revisar vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales. (Boletín Oficial)
Qué deberá cumplir un taller para realizar la revisión
Para incorporarse al sistema no alcanzará con funcionar como taller mecánico. Cada establecimiento deberá demostrar que posee instalaciones adecuadas, equipamiento técnico y un profesional responsable.
Entre los elementos exigidos aparecen:
- Frenómetro para controlar el sistema de frenos.
- Analizadores de gases y humo.
- Detector de holguras.
- Equipos para comprobar la alineación y la amortiguación.
- Instrumentos para medir luces, ruidos y profundidad de los neumáticos.
- Elevador o fosa de inspección.
Además, la revisión deberá efectuarse en un mismo predio y en un solo procedimiento. Cada taller tendrá que registrar digitalmente los controles realizados, los resultados obtenidos y las causas de rechazo cuando corresponda. (Boletín Oficial)
Esto implica que el mecánico habitual de un conductor solamente podrá realizar una revisión con validez legal si se encuentra oficialmente registrado y habilitado.
El certificado deberá quedar registrado
Una vez terminada la inspección, el establecimiento deberá emitir el Certificado de Revisión Técnica e informar inmediatamente el resultado a la Secretaría de Transporte.
También tendrá que entregar una identificación para colocar en el parabrisas y un certificado digital con la misma validez. (Boletín Oficial)
La Comisión Nacional de Regulación del Transporte será la encargada de fiscalizar y auditar a los establecimientos incorporados al registro. La normativa también contempla la posibilidad de suspender o retirar la habilitación cuando se detecten incumplimientos. (Boletín Oficial)
Cuándo corresponde realizar la primera revisión
El régimen nacional establece los siguientes plazos:
Vehículos particulares cero kilómetro: la primera revisión deberá hacerse a los cinco años del patentamiento.
Vehículos nuevos destinados a carga o pasajeros: la autoridad de cada jurisdicción determinará el plazo, aunque no podrá superar los doce meses.
Después de la primera inspección, los vehículos particulares de hasta diez años tendrán una vigencia de 24 meses. Cuando superen esa antigüedad, la revisión deberá renovarse cada 12 meses.
Para los vehículos de carga o pasajeros, la vigencia no podrá superar los doce meses. Las autoridades de cada provincia o jurisdicción podrán establecer condiciones particulares dentro del marco legal. (Boletín Oficial)
Qué sucede en la provincia de Buenos Aires
La resolución nacional amplía el número de prestadores que podrán incorporarse al sistema, pero los conductores no deben presentarse directamente en cualquier taller creyendo que ya puede emitir una VTV válida.
En la provincia de Buenos Aires continúa funcionando el sistema provincial de Verificación Técnica Vehicular, con turnos y plantas autorizadas informadas mediante su página oficial. (VTV)
Antes de realizar el trámite en un establecimiento diferente de las plantas conocidas, será necesario comprobar que figure efectivamente como habilitado y que el certificado tenga validez en la jurisdicción donde se encuentra radicado el vehículo.
Qué busca la reforma
Según los fundamentos de la medida, la apertura del registro pretende:
- Incorporar nuevos prestadores.
- Aumentar la competencia.
- Facilitar el acceso al servicio.
- Reducir trámites administrativos.
- Mantener los controles necesarios para la seguridad vial.
La reforma también elimina la posibilidad de limitar previamente la cantidad de talleres habilitados. No obstante, los controles técnicos siguen siendo obligatorios y los establecimientos estarán sujetos a fiscalizaciones y auditorías. (Boletín Oficial)
Lectura rápida
¿La VTV ya puede hacerse en cualquier taller mecánico?
No. Solamente podrán realizarla los talleres, concesionarias o importadores que se inscriban y queden habilitados oficialmente.
¿Qué cambió?
Se abrió un registro nacional que permite incorporar nuevos establecimientos al sistema de revisión técnica.
¿El taller deberá tener equipos especiales?
Sí. Tendrá que contar con instrumentos para controlar frenos, luces, gases, neumáticos, dirección, suspensión y otros componentes.
¿Quién debe dirigir la inspección?
Un ingeniero matriculado con competencias específicas deberá actuar como director técnico.
¿Cuándo realiza la primera revisión un auto cero kilómetro?
Según el régimen nacional, a los cinco años de su patentamiento.
¿Cada cuánto se renueva?
En vehículos particulares de hasta diez años, cada 24 meses. Con más de diez años, cada 12 meses.
¿Qué deben hacer los automovilistas bonaerenses?
Continuar utilizando establecimientos oficialmente autorizados y comprobar la validez del taller antes de realizar la verificación.



