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Suben parcialmente los impuestos a la nafta y el gasoil desde agosto

El Gobierno nacional aplicará una parte de las actualizaciones pendientes. La carga tributaria aumentará $11,22 por unidad de medida para las naftas y $10,595 para el gasoil, antes de su incidencia final en surtidor.

El Gobierno nacional dispuso una actualización de impuestos aplicable a las naftas y al gasoil durante agosto de 2026. La medida fue establecida mediante el Decreto 693/2026, publicado este viernes 31 de julio en el Boletín Oficial.

La norma incrementa los montos fijos del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1.º y el 31 de agosto de 2026, ambas fechas inclusive.

El decreto no establece de manera directa cuánto aumentará el precio final en las estaciones de servicio. Los importes publicados corresponden a componentes tributarios y no al valor total del litro en surtidor.

Cuánto aumentan los impuestos durante agosto

Para las naftas sin plomo —hasta 92 RON y de más de 92 RON— y la nafta virgen, el incremento será de $10,572 por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y de $0,648 por el Impuesto al Dióxido de Carbono.

La suma de ambos componentes es de $11,220 por unidad de medida.

Para el gasoil, la actualización será de $9,511 por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y de $1,084 por el Impuesto al Dióxido de Carbono. En conjunto, ambos aumentos suman $10,595 por unidad de medida.

ProductoImpuesto sobre los Combustibles LíquidosImpuesto al CO₂Total de ambos incrementos
Naftas$10,572$0,648$11,220
Gasoil$9,511$1,084$10,595

La norma también incluye para el gasoil un incremento diferencial de $5,150 previsto para determinadas regiones. Ese tratamiento alcanza a Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, el partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe. San Nicolás no está incluido en esa zona diferencial.

Parte de la actualización quedó diferida hasta septiembre

El Poder Ejecutivo volvió a postergar una parte de los incrementos pendientes derivados de las actualizaciones correspondientes a los años 2024 y 2025 y al primer trimestre de 2026.

Según el artículo 2.º, el incremento total remanente comenzará a surtir efectos para las naftas y el gasoil desde el 1.º de septiembre de 2026, salvo que otra norma modifique nuevamente el cronograma. El decreto entra en vigencia el 1.º de agosto.

En sus fundamentos, el Gobierno atribuyó la postergación parcial al objetivo de mantener un “sendero fiscal sostenible” y estimular el crecimiento económico. Esa explicación corresponde a la posición expresada por el Poder Ejecutivo en el decreto y no constituye una consecuencia económica comprobada.

Lectura rápida

¿Desde cuándo rige la medida?
Desde el 1.º de agosto de 2026.

¿Cuánto suman los dos incrementos para las naftas?
$11,220 por unidad de medida.

¿Cuánto suman para el gasoil?
$10,595 por unidad de medida.

¿El decreto fija el precio final del litro?
No. Modifica montos impositivos, no el valor de venta en surtidor.

¿San Nicolás está dentro de la zona diferencial del gasoil?
No.

¿Cuándo se aplicará el remanente pendiente?
Desde el 1.º de septiembre de 2026, según el cronograma vigente.

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