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Reforma laboral: los cambios centrales que redefine el vínculo entre empresas y trabajadores

El proyecto de reforma laboral promovido por el Poder Ejecutivo avanza en el Congreso y atraviesa una etapa determinante. Luego de obtener media sanción en el Senado, fue aprobado en general en la Cámara de Diputados, aunque con modificaciones relevantes. Debido a esos cambios —que incluyeron la eliminación de artículos sensibles y ajustes técnicos en la redacción— el texto deberá volver a la Cámara Alta para su revisión definitiva.

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La iniciativa plantea una reconfiguración profunda del régimen laboral en el sector privado, con el objetivo declarado de reducir la presión sobre las empresas, modificar el esquema de indemnizaciones y establecer nuevos límites en materia sindical y contributiva.

A continuación, los ejes principales del nuevo esquema.


1. Nuevo criterio para calcular indemnizaciones

Uno de los puntos más sensibles es la modificación del cálculo de la indemnización por despido sin causa.

El proyecto establece que solo se tomará en cuenta la remuneración mensual, normal y habitual, dejando afuera conceptos no mensuales como aguinaldo y vacaciones. Además, fija que la indemnización será la única compensación por el despido y dispone un mecanismo de actualización basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.


2. Banco de horas y flexibilización de vacaciones

Se habilita la implementación de un “banco de horas” mediante acuerdo escrito entre empleador y trabajador, permitiendo compensar horas extras con tiempo de descanso, siempre respetando los límites legales.

En cuanto a las vacaciones, se mantiene el período tradicional entre octubre y abril, pero se autoriza que las partes pacten fechas distintas. También se admite el fraccionamiento del descanso anual, con bloques mínimos de siete días consecutivos.


3. Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

El texto crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir costos de desvinculación.

Las grandes empresas aportarían el 1% de las remuneraciones mensuales, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) contribuirían con el 2,5%. El Poder Ejecutivo, con aval legislativo, podría elevar esos porcentajes hasta el 1,5% y el 3% respectivamente.


4. Fondos de cese laboral por convenio colectivo

Se permite que los convenios colectivos establezcan fondos de cese laboral con sistema de capitalización individual. En ese esquema, el empleador realiza aportes mensuales y, ante la desvinculación, el trabajador percibe el monto acumulado en lugar de la indemnización tradicional.

La implementación deberá acordarse en paritarias y no podrá implicar una reducción de derechos adquiridos.


5. Extensión del período de prueba

El período de prueba se amplía a seis meses como regla general.

En empresas con hasta cinco empleados, el plazo podrá extenderse hasta ocho meses. Durante ese lapso, el vínculo puede finalizar sin derecho a indemnización, aunque el empleador debe registrar al trabajador y realizar aportes desde el primer día.


6. Eliminación de multas por empleo no registrado

La reforma elimina las multas previstas por la Ley 24.013 para casos de trabajo no registrado o mal registrado. En su lugar, propone un esquema de incentivos para la regularización: quienes blanqueen personal no deberán pagar sanciones, aunque sí deberán saldar diferencias salariales y previsionales pendientes.


7. Incentivos y reducción de cargas sociales

Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a promover tecnología y expansión empresarial.

Además, se reduce la contribución patronal a la Seguridad Social en 1 punto porcentual para grandes empresas y 2,5 puntos para MiPyMEs, con posibilidad de ampliación hasta 1,5% y 3% respectivamente mediante decisión del Ejecutivo con aval parlamentario.


8. Pago en cuotas de sentencias laborales

Para atenuar el impacto financiero de los juicios, la ley habilita el pago escalonado de sentencias firmes.

Las grandes empresas podrán abonar en hasta seis cuotas mensuales consecutivas, mientras que MiPyMEs y empleadores individuales podrán hacerlo en hasta 12 cuotas.


9. Límites a aportes sindicales y patronales

El proyecto establece topes a los aportes previstos en convenios colectivos.

Los aportes patronales a cámaras empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios desde enero de 2028.

En el caso de las asociaciones sindicales, los aportes no podrán exceder el 2%, manteniéndose el 6% destinado a obras sociales. También se elimina la posibilidad de que el empleador retenga cuotas sin consentimiento expreso del trabajador.


10. Registro digital y pago exclusivamente bancario

El registro laboral ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente, eliminando exigencias adicionales. Los libros laborales podrán digitalizarse y deberán conservarse por diez años.

En materia salarial, se ratifica que los sueldos deberán abonarse exclusivamente por vía bancaria o institución oficial de ahorro, descartando el uso de billeteras virtuales.


Lectura rápida

¿Cambia la forma de calcular la indemnización? Sí, solo se tomará el salario mensual habitual y se excluirán conceptos como aguinaldo y vacaciones.

¿Se podrá despedir sin indemnización durante más tiempo? Sí, el período de prueba se amplía hasta seis meses —y hasta ocho en empresas pequeñas—.

¿Desaparecen las multas por trabajo en negro? Se eliminan las sanciones económicas, pero el empleador deberá pagar las diferencias adeudadas si regulariza.

¿Se podrán pagar juicios laborales en cuotas? Sí, hasta seis cuotas para grandes empresas y hasta doce para MiPyMEs.

¿Habrá menos aportes sindicales obligatorios? Se fijan topes y algunos aportes pasarán a ser voluntarios.

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