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El Gobierno dejó fuera a motos y cuatriciclos del arancel cero para vehículos eléctricos

El Gobierno nacional resolvió excluir a los vehículos eléctricos de menor porte del régimen de arancel cero para la importación, medida que hasta ahora alcanzaba a distintas unidades livianas. La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 44/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.

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La normativa establece que motos, triciclos y cuatriciclos eléctricos ya no podrán acceder a este beneficio impositivo, que se mantiene vigente para otros tipos de vehículos contemplados dentro del cupo anual.

No obstante, el decreto también aclara que si el cupo de 50.000 unidades anuales a arancel cero no se completa, el remanente podrá trasladarse al período siguiente, evitando así su pérdida.

Qué modelos quedaron excluidos

La exclusión alcanza a una amplia gama de vehículos eléctricos clasificados en categorías internacionales de homologación, tanto de dos y tres ruedas como de cuatro ruedas.

Categorías de 2 y 3 ruedas

  • L1: Ciclomotores de dos ruedas, hasta 50 cc o 50 km/h.
  • L2: Ciclomotores de tres ruedas (triciclos livianos).
  • L3: Motocicletas de dos ruedas, con motores mayores a 50 cc o más de 50 km/h, incluidos scooters.
  • L4: Motocicletas con sidecar.
  • L5: Triciclos de mayor potencia:
    • L5(a): Transporte de pasajeros.
    • L5(b): Transporte de carga.

Categorías de 4 ruedas

  • L6: Cuatriciclos livianos, con peso inferior a 350 kg (sin baterías) y velocidad máxima de 45 km/h.
    • L6(b): Cuatriciclos livianos con cabina cerrada.
  • L7: Cuatriciclos pesados, con mayor potencia y velocidad:
    • L7(a): Cuatriciclos convencionales.
    • L7(b): Cuatriciclos con cabina o microautos urbanos, con peso máximo de 400 kg para pasajeros y 550 kg para carga.

La medida representa un cambio relevante en la política de incentivo a la movilidad eléctrica, especialmente para los segmentos urbanos y de uso individual, que habían ganado terreno en los últimos años.


Lectura rápida: preguntas y respuestas

¿Qué decidió el Gobierno?
Excluir a motos, triciclos y cuatriciclos eléctricos del beneficio de arancel cero.

¿Dónde se oficializó la medida?
En el Decreto 44/2026, publicado en el Boletín Oficial.

¿Qué pasa con el cupo anual de importación?
Si no se usan las 50.000 unidades, el sobrante se puede trasladar al año siguiente.

¿Qué vehículos quedaron afuera?
Unidades eléctricas de 2, 3 y 4 ruedas, incluidas motos, scooters, triciclos y microautos.

¿El arancel cero desaparece por completo?
No. Se mantiene, pero ya no aplica a estos segmentos específicos.

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