Reforma laboral: el Gobierno afianza un borrador con cambios en vacaciones, indemnizaciones y trabajo en plataformas

El Gobierno avanza en la definición de su proyecto de reforma laboral, un texto que se elabora dentro del Consejo de Mayo y que cuenta con el respaldo de sectores empresariales. La discusión se mantiene abierta en distintas áreas del Estado, mientras que la representación sindical profundizó su rechazo y decidió apartarse del debate.
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📲 Click AQUÍ El nuevo borrador, que circuló en las últimas horas, incorpora modificaciones en vacaciones, indemnizaciones, licencias, jornadas laborales, enfermedades, despidos y suma un capítulo específico sobre trabajo en plataformas digitales. También introduce cambios procesales y habilita regímenes especiales en distintas actividades.
Vacaciones: acuerdos flexibles y posibilidad de fraccionamiento
El proyecto ratifica los pisos legales de la Ley de Contrato de Trabajo, pero habilita que empleado y empleador pacten extendidos o sistemas propios por convenio.
Establece que las vacaciones deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, notificando al trabajador con 45 días de anticipación, salvo acuerdos sectoriales distintos. Contempla además la posibilidad de acumular días en casos excepcionales y habilita el fraccionamiento del período vacacional para adecuarlo a necesidades familiares o productivas.
Banco de horas y jornada laboral
Las convenciones colectivas podrán disponer del uso de banco de horas, horas extras y francos compensatorios, siempre que se respeten los 12 horas de descanso entre jornadas y las 35 horas semanales.
El proyecto permite establecer promedios de jornada según cada actividad y compensar días con mayor carga horaria con otros de menor exigencia, sin superar el máximo semanal legal.
Indemnizaciones: nuevos sistemas y cálculo unificado
La iniciativa habilita a que, por negociación colectiva, la indemnización tradicional pueda ser reemplazada por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados por aportes mensuales de las empresas. El objetivo es generar previsibilidad y aliviar costos para pymes.
Aclara qué conceptos ingresan en la base de cálculo: salario básico, sumas habituales y antigüedad. Excluye pagos extraordinarios, gratificaciones ocasionales y montos variables transitorios. También permite pagos fraccionados en las liquidaciones y limita intereses.
Para el despido sin causa, se mantiene el criterio de un mes de sueldo por cada año trabajado, con cálculo sobre la mejor remuneración mensual del último año.
Despidos con causa y procedimiento
Para las desvinculaciones con causa, el empleador deberá notificar electrónicamente y justificar el motivo. El trabajador conservará el derecho a defensa administrativa y judicial.
En servicios esenciales se fija un funcionamiento mínimo del 75%, y del 50% en actividades estratégicas como salud, energía, telecomunicaciones, educación, transporte o banca digital.
Remuneraciones y documentación digital
El borrador actualiza las reglas salariales e incorpora de manera obligatoria la digitalización de recibos, planillas de asistencia y documentación laboral. Define con precisión qué sumas integran la remuneración computable y cuáles quedan excluidas, para evitar conflictos en juicios laborales.
Enfermedad, ausencias y control médico
El proyecto habilita el uso de certificados médicos digitales y crea un sistema centralizado de verificación. Regula ausencias prolongadas, abandono de trabajo y obligaciones de notificación por parte del empleador.
Si un trabajador sufre una incapacidad permanente, la empresa deberá reasignar tareas compatibles. Si no pudiera hacerlo, la relación se extinguirá con indemnización según corresponda.
Reincorporación por sentencia
Si la Justicia declara que un despido fue ilegítimo, el trabajador podrá optar entre volver al puesto o cobrar una indemnización. Si decide reincorporarse, la empresa deberá abonar los sueldos caídos y restituir la relación laboral.
Trabajo en plataformas digitales
La reforma reconoce la relación laboral entre empresas de aplicaciones y repartidores. Obliga a registrarlos, realizar aportes, contratar seguros y garantizar derechos como:
- remuneración mínima,
- jornada y descansos,
- representación sindical,
- participación en negociaciones colectivas del sector.
El régimen equipara sus derechos a los del resto de los trabajadores regulados.
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