INTERÉS GENERAL

Ingresos exceptuados de retenciones en billeteras digitales bonaerenses desde octubre

A partir del 1° de octubre, las billeteras digitales que operan en la provincia de Buenos Aires comenzarán a retener automáticamente un porcentaje de los montos acreditados en las cuentas de sus usuarios inscriptos en Ingresos Brutos (IIBB). La medida se instrumenta a través del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) y afecta a monotributistas, comerciantes y pymes que utilizan estas aplicaciones como medio de cobro.

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El objetivo del gobierno bonaerense es armonizar el tratamiento tributario de las billeteras digitales con el de los bancos, sin crear un nuevo impuesto, sino aplicando un anticipo del tributo que luego se podrá computar en la declaración jurada de IIBB. La retención varía según la actividad económica y se consulta en el padrón de la COMARB, con alícuotas que van desde 0,01% hasta 5%.

Quiénes tributan y las alícuotas

  • Régimen general: alícuota estándar del 1%, salvo actividades específicas que tienen un porcentaje distinto.
  • Regímenes especiales:
    • Construcción: 0,10%
    • Transporte de cargas o pasajeros: 0,50%
    • Profesiones liberales: 0,80%
    • Comisionistas y rematadores: 0,01%
    • Actividades primarias e industriales: 0,30%
    • Entidades financieras y de seguros: 0%

El monto retenido dependerá de la actividad que genere los mayores ingresos y será visible en el padrón de COMARB, disponible en línea.

Operaciones excluidas de la retención

El reglamento detalla que no se aplicará retención a operaciones vinculadas con ingresos de carácter social, laboral o financiero que ya estén reguladas. Entre las principales exclusiones se encuentran:

1. Ingresos laborales y previsionales

  • Sueldos, jornales, remuneraciones y otros ingresos laborales.
  • Jubilaciones, pensiones y préstamos otorgados por entidades financieras o la misma recaudadora.
  • Transferencias judiciales en concepto de alimentos, jubilaciones, pensiones o indemnizaciones laborales.

2. Ingresos sociales y asistenciales

  • Asignación Universal por Hijo (AUH), planes sociales, becas, subsidios y tarjetas alimentarias.
  • Ingresos de emergencia y préstamos otorgados por la ANSES.

3. Operaciones financieras y de inversión

  • Intereses devengados sobre el saldo de la cuenta de la misma persona.
  • Vencimiento de plazos fijos constituidos con fondos propios del titular.
  • Rescate de fondos comunes de inversión armados con fondos propios.
  • Ajustes por saldos deudores en mora realizados por las billeteras digitales.
  • Devoluciones de IVA por operaciones con tarjeta.
  • Operaciones con títulos, bonos, letras y obligaciones emitidas por la Nación, provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipios.

4. Operaciones de comercio y transferencia de bienes

  • Exportaciones de mercaderías, incluyendo anticipos, prefinanciaciones y devoluciones de IVA.
  • Transferencias a cuentas donde el mismo titular figure como titular o cotitular.
  • Transferencias por venta de inmuebles o bienes registrables, bajo declaración jurada de que no es un vendedor habitualista.
  • Transferencias provenientes del exterior.
  • Aportes de capital y suscripción de obligaciones negociables.
  • Transferencias a fideicomisos estatales.

5. Pagos y reintegros específicos

  • Reintegros de obras sociales y empresas de medicina prepaga.
  • Pagos de siniestros realizados por aseguradoras.
  • Indemnizaciones por expropiaciones u otras operaciones no alcanzadas.
  • Devoluciones por promociones de la billetera digital o derivadas del botón de arrepentimiento.
  • Recaudaciones y liquidaciones de sistemas de pago con tarjeta reguladas por el régimen SIRTAC.

6. Contraasientos y correcciones

  • Contraasientos por errores o ajustes realizados para corregir movimientos.

Impacto de la medida

Con la adhesión de Buenos Aires al SIRCUPA, se ampliará significativamente la cantidad de contribuyentes alcanzados por retenciones automáticas en billeteras digitales. Aquellos que ya experimentan descuentos a través del SIRCREB en sus cuentas bancarias verán un esquema similar aplicado a sus cuentas virtuales.

El gobierno provincial destacó que la medida busca garantizar un tratamiento equitativo entre los distintos medios de pago y ofrecer previsibilidad al indicar con claridad qué operaciones no estarán sujetas a retenciones automáticas.

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