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El Gobierno habilitó arbitrajes en Montevideo para futuros contratos ferroviarios

El Decreto 1216/2026 aprobó una cláusula que permitirá resolver determinadas controversias entre el Estado y las futuras empresas concesionarias de las líneas Belgrano, San Martín y Urquiza mediante tribunales arbitrales con sede en Uruguay. El mecanismo tendrá condiciones específicas y preserva la inmunidad de ejecución de la Argentina.

El Gobierno nacional aprobó la posibilidad de que determinadas disputas vinculadas con los futuros contratos de concesión de las principales líneas ferroviarias de carga se resuelvan mediante arbitrajes con sede en Montevideo, Uruguay.

La medida quedó formalizada mediante el Decreto 1216/2026, publicado en el Boletín Oficial el lunes 19 de octubre. La disposición se enmarca en el proceso de privatización de Belgrano Cargas y Logística y alcanza a las concesiones de las líneas General Belgrano, General San Martín y General Urquiza.

La decisión no establece que todos los conflictos ferroviarios deban resolverse en Uruguay ni implica que intervenga necesariamente la Justicia ordinaria de ese país. Lo aprobado es una cláusula de arbitraje internacional para determinadas controversias entre el Estado concedente y las empresas concesionarias, sujeta a requisitos establecidos en los contratos.

En qué casos podrán intervenir tribunales arbitrales en Uruguay

El mecanismo contempla controversias de monto no cuantificable o cuyo valor supere los US$ 500.000. Para los conflictos de menor cuantía, también se prevé la posibilidad de recurrir al arbitraje cuando puedan acumularse con otras controversias ya sometidas a un tribunal arbitral constituido en Montevideo.

La cláusula establece, además, condiciones relacionadas con la composición y el domicilio de las empresas involucradas. Entre los supuestos contemplados figuran concesionarias, accionistas con al menos el 10% del capital con derecho a voto, determinados participantes que cumplan requisitos financieros o de experiencia y acreedores garantizados con vínculos o domicilios fuera de la Argentina, según las condiciones previstas en el contrato.

Por lo tanto, la aplicación del mecanismo dependerá de las características de cada controversia y de que se cumplan los requisitos establecidos en la documentación contractual.

Qué argumentó el Gobierno

En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo sostuvo que incorporar una sede arbitral fuera del país busca ampliar la participación de empresas internacionales en las licitaciones y facilitar el acceso a fuentes de financiamiento externo.

Según el Gobierno, estas condiciones pueden favorecer la concurrencia de oferentes y contribuir a obtener inversiones destinadas a modernizar la infraestructura ferroviaria.

La cláusula fue incorporada al modelo de contrato de concesión aprobado para el procedimiento de selección de operadores privados. Su aplicación se vincula, por lo tanto, con los futuros contratos de las líneas alcanzadas por el proceso.

La Argentina mantiene su inmunidad de ejecución

El decreto aclara expresamente que la posibilidad de someter determinadas controversias a arbitraje fuera del país no implica una renuncia de la Argentina a su inmunidad de ejecución.

La norma excluye de eventuales medidas de ejecución, entre otros bienes, los activos, las reservas y las cuentas del Banco Central; las propiedades del dominio público; los bienes destinados a servicios públicos esenciales; los fondos presupuestarios estatales; el patrimonio militar y los bienes que integran la herencia cultural de la Nación.

Esta distinción es relevante porque la elección de una sede arbitral internacional no significa que cualquier activo estatal pueda ser embargado automáticamente para cumplir una eventual decisión.

La medida se enmarca en la concesión de tres líneas de carga

El proceso forma parte del esquema de privatización de Belgrano Cargas y Logística, declarado sujeto a privatización por la Ley de Bases y reglamentado mediante el Decreto 67/2025.

La licitación contempla la concesión de las vías y los inmuebles aledaños de las líneas Belgrano, San Martín y Urquiza, con opción de compra del material rodante correspondiente, de acuerdo con los pliegos.

La incorporación de una cláusula de arbitraje internacional establece así un marco para resolver determinadas disputas que puedan surgir entre el Estado y los futuros concesionarios durante la ejecución de los contratos.

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¿Qué aprobó el Gobierno?

Una cláusula que permite someter determinadas controversias de futuros contratos ferroviarios a tribunales arbitrales con sede en Montevideo, Uruguay.

¿Qué líneas ferroviarias están alcanzadas?

Las líneas de cargas General Belgrano, General San Martín y General Urquiza.

¿Cuándo se podrá utilizar el arbitraje?

En controversias de monto no cuantificable o superiores a US$ 500.000, con condiciones adicionales para ciertos conflictos de menor cuantía.

¿La medida implica que cualquier juicio ferroviario se tramitará en Uruguay?

No. La cláusula se aplica a determinadas controversias contractuales y exige cumplir requisitos específicos.

¿La Argentina renuncia a la protección de sus bienes estatales?

No. El decreto establece expresamente que la prórroga de jurisdicción no implica renunciar a la inmunidad de ejecución y excluye determinados bienes de eventuales medidas de ejecución.

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