SAN NICOLÁS

El Concejo aprobó la ordenanza del Eco Parque y el Municipio la llevará a la Suprema Corte

La iniciativa regula la conservación, el manejo y los usos del área natural e incluye a Barranquitas y El Arenal. Fue sancionada por mayoría y ahora será presentada ante la Justicia bonaerense en busca de que se revise la cautelar que mantiene restringido el acceso a las playas.

El Concejo Deliberante de San Nicolás aprobó este jueves 27 de agosto la ordenanza que establece un nuevo régimen de conservación, manejo, ordenamiento y uso del Eco Parque, en una votación que volvió a poner en el centro del debate el futuro de las playas Barranquitas y El Arenal.

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La iniciativa recibió el acompañamiento de los bloques HECHOS y La Libertad Avanza, mientras que Fuerza Patria y Alianza La Libertad Avanza votaron en contra.

Con la sanción de la ordenanza se completa una nueva instancia administrativa y legislativa, pero las playas no quedan habilitadas automáticamente. El Municipio prevé elevar la norma a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires para solicitar que se revise la medida cautelar vigente.

Qué establece la ordenanza del Eco Parque

La normativa regula un área de más de 2.100 hectáreas y determina distintos sectores de acuerdo con sus características ambientales, junto con las actividades que podrán desarrollarse en cada uno.

El proyecto contempla objetivos de conservación y protección de la biodiversidad, pero también usos recreativos, turísticos, educativos y científicos bajo condiciones determinadas.

Entre sus puntos se encuentra el acceso a Barranquitas y El Arenal, además de la circulación por caminos habilitados a velocidad reducida y la prioridad para los desplazamientos peatonales y en bicicleta.

La propuesta incorpora además el plan de manejo y conservación elaborado para el Eco Parque y el sector de islas. Antecedentes del proceso indican que el esquema ambiental obtuvo aval provincial y que el Plan de Conservación del Bosque Nativo fue convalidado mediante la Disposición Nº 21 de 2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense.

La discusión por Barranquitas y El Arenal

Durante la sesión, buena parte del debate se concentró en las condiciones que deberían regir para una eventual reapertura.

Los sectores que acompañaron la ordenanza plantearon que recuperar el uso recreativo de Barranquitas y El Arenal permitiría a los nicoleños volver a utilizar esos espacios y tendría impacto sobre la actividad turística y laboral de la ciudad.

Desde la oposición, en cambio, se cuestionó especialmente el eventual ingreso de vehículos por caminos que atraviesan zonas de humedales. Fuerza Patria planteó como alternativa un sistema de transporte por agua para llegar a los sectores recreativos sin circulación vehicular dentro del área.

La decisión final sigue en manos de la Suprema Corte

Barranquitas y El Arenal continúan alcanzadas por una medida judicial. En una resolución anterior, la Suprema Corte bonaerense rechazó por mayoría un pedido municipal para habilitar su uso público y recreativo al considerar que no habían cambiado suficientemente las condiciones que dieron origen a la cautelar.

Por eso, la ordenanza aprobada este jueves no equivale a una reapertura. El próximo paso anunciado es presentar la nueva normativa ante el máximo tribunal provincial para que analice si corresponde mantener o modificar la restricción.

Opinando San Nicolás había informado durante la mañana que el expediente 18538-2026 llegaba al recinto con despacho favorable y que, en caso de ser aprobado, sería incorporado al planteo municipal ante la Suprema Corte. Con la votación de este jueves, esa instancia legislativa ya quedó cumplida.

Lectura rápida

¿Qué aprobó el Concejo Deliberante?
La ordenanza que regula la conservación, el manejo, el ordenamiento y los usos del Eco Parque San Nicolás.

¿Cómo fue la votación?
HECHOS y La Libertad Avanza votaron a favor; Fuerza Patria y Alianza La Libertad Avanza lo hicieron en contra.

¿La aprobación reabre Barranquitas y El Arenal?
No. Continúa vigente una medida judicial que restringe su uso.

¿Qué hará ahora el Municipio?
Prevé elevar la ordenanza a la Suprema Corte bonaerense para solicitar una revisión de la cautelar.

¿Qué contempla la norma?
Zonificación ambiental, pautas de conservación y condiciones para actividades recreativas, turísticas, educativas y científicas.

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