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El ajuste del precio del gas será bimestral desde agosto

El nuevo mecanismo se aplicará durante la emergencia energética. La medida alcanza un componente de la tarifa y no implica, por sí sola, un aumento automático cada dos meses.

El ajuste del precio del gas por las denominadas Diferencias Diarias Acumuladas comenzará a calcularse e incorporarse cada dos meses desde los cuadros tarifarios de agosto de 2026. La modificación fue instrumentada por el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENREGE) mediante la Resolución 331/2026, publicada este jueves 30 de julio en el Boletín Oficial.

La decisión no establece un porcentaje de aumento ni dispone que toda la tarifa se actualice bimestralmente. El cambio se limita al mecanismo utilizado para trasladar a las tarifas las diferencias entre el costo real del gas comprado por las distribuidoras y el valor estimado que ya estaba contemplado en la facturación.

Cómo funcionará el ajuste del precio del gas

Las Diferencias Diarias Acumuladas, conocidas como DDA, surgen al comparar el valor del gas efectivamente adquirido por las distribuidoras con el precio promedio estimado incorporado en las tarifas.

Hasta esta modificación, esas diferencias se acumulaban dentro de períodos estacionales. La Resolución 167/2026 de la Secretaría de Energía dispuso que, durante la emergencia energética, sean calculadas e incorporadas con su signo cada dos meses. Esto significa que el resultado puede representar una diferencia positiva o negativa, según los costos efectivamente registrados.

El Gobierno justificó el cambio en la necesidad de sostener criterios de gradualidad y previsibilidad y evitar ajustes significativos derivados de períodos de acumulación más extensos. También señaló que el mecanismo debe impedir beneficios o pérdidas para las empresas distribuidoras por las variaciones del precio de adquisición del gas.

La aplicación comenzará con los cuadros de agosto

La Secretaría de Energía había ordenado al ENREGE implementar la nueva periodicidad a partir de los cuadros tarifarios de agosto de 2026, cuando deberá realizarse la primera determinación de las DDA bajo este esquema.

Para adecuar el procedimiento, el organismo regulador suspendió transitoriamente la Resolución 559/2025, que regulaba el cálculo anterior. Sin embargo, estableció que deberán preservarse sus criterios y lineamientos cuando resulten aplicables.

La medida regirá mientras se mantenga la emergencia energética para los segmentos de transporte y distribución de gas natural, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027. La Resolución 331/2026 también ordenó notificar a las licenciatarias del servicio público de distribución y a Redengas Sociedad Anónima.

Lectura rápida

¿Qué cambia desde agosto?
Las diferencias entre el costo real y el precio estimado del gas se calcularán e incorporarán cada dos meses.

¿La resolución fija un aumento?
No. La norma no establece un porcentaje ni determina un incremento automático de toda la tarifa.

¿Qué son las DDA?
Son las diferencias acumuladas entre el costo efectivo del gas comprado por las distribuidoras y el valor estimado incluido en las tarifas.

¿Hasta cuándo se aplicará?
Durante la emergencia energética, actualmente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027.

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