Nuevas reglas para instalar free shops en pasos fronterizos de Argentina

El Gobierno nacional incorporó a la legislación argentina una normativa del Mercosur destinada a facilitar la instalación de tiendas libres de impuestos (free shops) en las fronteras terrestres, con el objetivo de fortalecer la actividad comercial y turística en las zonas limítrofes del país.
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📲 Click AQUÍ La medida fue establecida mediante el Decreto 438/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, y adopta la Resolución N.º 64/18 del Grupo Mercado Común (GMC), que fija las condiciones para el funcionamiento de estos establecimientos en los países miembros del bloque regional.
Según se detalló en la normativa, la iniciativa apunta a mejorar la competitividad de las localidades fronterizas argentinas, promoviendo el turismo, incentivando el comercio regional y generando nuevas oportunidades de empleo formal. De esta manera, se busca equiparar las condiciones existentes en Argentina con las que ya rigen en Brasil, Uruguay y Paraguay, donde este tipo de comercios opera desde hace años.
En el texto oficial se señaló que la finalidad es “dotar de mayor competitividad a las zonas de frontera, promover dicha actividad turística, incentivar el comercio regional y contribuir al desarrollo económico local, en condiciones equivalentes a las existentes en otros Estados Partes del Mercosur que cuentan con regímenes similares”.
La normativa establece que la habilitación de nuevos free shops deberá realizarse mediante procesos competitivos, transparentes y objetivos. La autorización comercial previa quedará bajo la órbita del Ministerio de Economía, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tendrá a su cargo la habilitación aduanera de los locales y de los operadores.
Estos establecimientos podrán vender productos nacionales e importados a viajeros que entren o salgan del país. Sin embargo, las compras estarán sujetas a las reglas vigentes del régimen de equipaje contemplado en el Código Aduanero, por lo que deberán respetar los límites y franquicias establecidos para los pasajeros.
Entre las condiciones fijadas, se establece que las adquisiciones no podrán tener fines comerciales y que los locales deberán ubicarse exclusivamente en pasos fronterizos habilitados o en áreas con control aduanero efectivo.
Productos excluidos
La reglamentación también incorpora una lista de bienes que no podrán comercializarse bajo este régimen de exención impositiva. Entre ellos figuran:
- Medios de transporte, repuestos, combustibles y lubricantes.
- Productos de la canasta básica alimentaria.
- Animales vivos y plantas.
- Armas y municiones.
- Tabaco y cigarrillos.
- Maquinaria agrícola, industrial o comercial.
- Electrodomésticos de gran tamaño.
- Materiales para la construcción.
- Neumáticos.
- Tejidos, hilados y calzado, con excepción de zapatillas deportivas y ojotas.
Además, el Ministerio de Economía podrá ampliar el listado de exclusiones en caso de considerarlo necesario.
La disposición comenzará a regir formalmente al día siguiente de su publicación, aunque la puesta en marcha efectiva dependerá de las reglamentaciones complementarias que deberán emitir el Ministerio de Economía y ARCA dentro de un plazo máximo de 30 días corridos.
Por otra parte, se aclaró que los free shops que ya funcionan bajo normativas anteriores continuarán operando sin modificaciones, mientras que las infracciones al nuevo régimen serán sancionadas de acuerdo con las disposiciones del Código Aduanero y del Régimen Penal Tributario.
Lectura rápida
¿Qué decidió el Gobierno?
Incorporó una normativa del Mercosur para permitir y regular la instalación de nuevos free shops en las fronteras terrestres argentinas.
¿Cuál es el objetivo principal?
Impulsar el turismo, el comercio regional, el empleo formal y la competitividad de las ciudades fronterizas.
¿Quién autorizará los nuevos locales?
El Ministerio de Economía otorgará la autorización comercial y ARCA realizará la habilitación aduanera.
¿Quiénes podrán comprar en los free shops?
Los viajeros que ingresen o egresen del país a través de pasos fronterizos habilitados.
¿Se podrán hacer compras para revender?
No. Las adquisiciones deberán ser para uso personal y respetar las normas del régimen de equipaje.
¿Qué productos estarán prohibidos?
Entre otros, alimentos de la canasta básica, armas, cigarrillos, neumáticos, materiales de construcción, vehículos, combustibles y maquinaria.
¿Cuándo comenzará a aplicarse?
El decreto entra en vigencia de inmediato, pero su implementación práctica dependerá de normas complementarias que deberán dictarse dentro de los próximos 30 días.
¿Los free shops ya existentes deberán adaptarse al nuevo régimen?
No. Los establecimientos que operan bajo sistemas anteriores seguirán funcionando con las condiciones que ya tenían.



