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Nuevas reglas para autopartes: exigirán códigos QR con información técnica de cada producto

El Gobierno nacional oficializó cambios en el sistema de identificación y trazabilidad de autopartes y elementos de seguridad para vehículos, con el objetivo de mejorar el acceso a la información para consumidores y organismos de control.

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La medida fue establecida mediante la Resolución 93/2026, publicada en el Boletín Oficial, y dispone que fabricantes e importadores deberán incorporar un código QR que permita consultar datos específicos de cada producto.

Según la normativa, al escanear el código los usuarios podrán acceder a información vinculada con el origen y certificación de la pieza, fortaleciendo los mecanismos de control y seguimiento dentro del mercado automotor.

Qué información deberá contener el QR

El sistema deberá brindar acceso a los siguientes datos:

  • Nombre de la empresa responsable y CUIT.
  • Identificación del producto.
  • Marca y modelo.
  • Número de pieza o part number.
  • País de origen.
  • Número de certificación.
  • Organismo certificador que emitió la aprobación.

Desde el Ejecutivo señalaron que la medida apunta a modernizar los procesos de trazabilidad y facilitar las tareas de fiscalización.

Excepciones para determinados productos

Durante el proceso de consulta, representantes de la industria automotriz y autopartista advirtieron sobre las dificultades para colocar etiquetas en algunos productos, especialmente en los neumáticos.

Por ese motivo, la nueva reglamentación contempla excepciones. Cuando no sea posible incorporar el código QR directamente en la autoparte o en su envase primario, la información deberá estar disponible en el lugar de venta o entrega mediante un código claramente identificable para el consumidor.

Cómo será en las ventas por internet

En las operaciones realizadas de manera electrónica o a distancia, los vendedores deberán garantizar que el comprador pueda consultar toda la información requerida antes de concretar la adquisición.

Para ello, deberá proporcionarse un enlace digital o mecanismo equivalente que permita acceder a los datos del producto de forma previa a la compra.

Período de adaptación

La resolución también establece una etapa de transición para los productos que ya se encontraban en circulación antes de la entrada en vigencia de la normativa anterior.

Las autopartes fabricadas o importadas y que ya estén distribuidas en comercios mayoristas o minoristas podrán seguir comercializándose bajo el régimen previo hasta el 1 de septiembre de 2026.

A partir de esa fecha, todas las autopartes alcanzadas por la regulación deberán adecuarse al nuevo sistema de identificación mediante códigos QR.

Lectura rápida: preguntas y respuestas

¿Qué cambia para las autopartes?
Deberán contar con un código QR que permita acceder a información técnica y de certificación.

¿Quiénes deben implementar el sistema?
Los fabricantes e importadores de autopartes.

¿Qué datos mostrará el QR?
Empresa responsable, CUIT, marca, modelo, número de pieza, origen y certificaciones.

¿Los neumáticos también deberán llevar QR?
Sí, aunque si no es posible colocarlo físicamente, la información deberá exhibirse en el punto de venta.

¿Qué pasa con las ventas online?
El comprador deberá tener acceso a toda la información antes de realizar la compra.

¿Cuál es el objetivo de la medida?
Mejorar la trazabilidad, la fiscalización y el acceso a la información por parte de los consumidores.

¿Hasta cuándo podrán venderse productos bajo el sistema anterior?
Hasta el 1 de septiembre de 2026.

¿Qué ocurrirá después de esa fecha?
Todas las autopartes alcanzadas deberán cumplir con el nuevo esquema de identificación mediante QR.

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