ARCA cambia su postura judicial y dejará de apelar fallos por Ganancias a jubilados

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero decidió modificar su estrategia judicial y dejar de apelar las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios, en línea con los criterios fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde 2019.
La medida quedó formalizada a través de la Instrucción General 4/2026 SDGASJ, donde el organismo reconoció la existencia de una jurisprudencia reiterada del máximo tribunal a favor de jubilados y pensionados.
De esta manera, ARCA instruyó a sus representantes legales para que no presenten nuevos recursos extraordinarios ni recursos de queja en causas vinculadas con el impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones. Además, en expedientes ya iniciados, se ordenó desistir de aquellas apelaciones que todavía no hayan sido resueltas.
El antecedente clave: el fallo “García”
La decisión toma como principal referencia el caso “García, María Isabel c/ AFIP”, resuelto el 26 de marzo de 2019 por la Corte Suprema.
En aquel fallo, el tribunal declaró inconstitucional la aplicación de determinados artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales, al considerar que afectaban derechos de personas en situación de vulnerabilidad.
Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco sostuvieron que “el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad”.
La Corte también ordenó devolver las sumas retenidas a la demandante, una jubilada de 79 años con graves problemas de salud, cuyos descuentos por Ganancias representaban hasta el 31,94% de sus ingresos.
Qué establece la nueva instrucción
La resolución fue firmada el 15 de mayo por Gustavo Heber Paturlannes, subdirector general de Asuntos Jurídicos de AFIP.
El texto establece que, cuando las cámaras federales rechacen reiteradamente las apelaciones del organismo, los representantes fiscales deberán aceptar las sentencias vinculadas al fondo del reclamo y continuar únicamente las discusiones relacionadas con honorarios y costas judiciales.
Según detalla el documento, el objetivo es “no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”.
Qué casos quedan fuera de la medida
La nueva política judicial no abarcará todas las causas. Quedarán excluidos:
- Expedientes impulsados por asociaciones o colegios que no tengan legitimación activa.
- Casos donde el organismo considere que existen circunstancias especiales que podrían modificar el criterio judicial vigente.
Lectura rápida: preguntas y respuestas
¿Qué decidió ARCA sobre Ganancias y jubilaciones?
El organismo resolvió dejar de apelar los fallos que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios.
¿Por qué tomó esta decisión?
Porque la Corte Suprema mantiene desde 2019 una postura reiterada favorable a jubilados y pensionados.
¿Cuál fue el fallo clave?
El antecedente principal fue “García, María Isabel c/ AFIP”.
¿Qué sostuvo la Corte Suprema?
Que el envejecimiento y la discapacidad generan una situación de vulnerabilidad que debe ser considerada al aplicar impuestos.
¿ARCA abandonará todas las causas?
No. Habrá excepciones en expedientes con características particulares o impulsados por entidades sin legitimación activa.



