El Gobierno redefinió el rol del Servicio Meteorológico y lo declaró esencial para la aviación por decreto

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2026, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso cambios estructurales en el funcionamiento del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) aplicado a la aviación, en medio del conflicto gremial que llevó a la suspensión de un paro de ATE.
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📲 Click AQUÍ La norma establece de manera explícita que el servicio meteorológico destinado a la navegación aérea es un servicio público esencial, lo que implica nuevas condiciones para su prestación y límites en caso de medidas de fuerza.
El decreto no abarca toda la actividad del SMN, sino que se enfoca exclusivamente en la función conocida como MET aeronáutico, vinculada a la seguridad de vuelos, planificación de rutas, despegues y aterrizajes.
En ese marco, se modifica la Ley 27.161 y se redefine quién será el responsable de brindar ese servicio. A partir de ahora, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA S.A.) pasa a ser el organismo principal encargado, con posibilidad de contratar terceros que cumplan estándares técnicos y de seguridad establecidos por la ANAC.
Con este cambio, el SMN deja de ser el único prestador del servicio meteorológico para la aviación, aunque seguirá interviniendo durante un período de transición.
El decreto fija un plazo de hasta 180 días hábiles en el que el Servicio Meteorológico deberá continuar colaborando con EANA para garantizar la continuidad operativa del sistema mientras se implementa el nuevo esquema.
Otro punto relevante es la reorganización del financiamiento: el 10% de la Tasa de Protección al Vuelo que antes se destinaba al SMN será redirigido al Tesoro Nacional, vinculado a la operación de EANA.
El Gobierno justificó la medida en la necesidad de evitar interrupciones en un sistema considerado crítico, señalando que fallas en la provisión de datos meteorológicos pueden generar demoras, cancelaciones o desvíos de vuelos, con impacto en la actividad económica y el transporte aéreo.
También se argumenta que el sistema de navegación aérea funciona como una estructura integrada, donde cualquier interrupción puede afectar su funcionamiento general, motivo por el cual se busca asegurar continuidad permanente del servicio.
En paralelo, la declaración de esencialidad del MET aeronáutico tiene efecto directo sobre el derecho a huelga, ya que habilita restricciones a medidas de fuerza que impliquen la interrupción del servicio, base utilizada por el Gobierno para declarar ilegal el paro anunciado por ATE.
En términos generales, el DNU reorganiza la estructura del servicio meteorológico aplicado a la aviación, traslada su gestión operativa a EANA, establece un período de transición con participación del SMN, modifica el esquema de financiamiento y refuerza las condiciones de continuidad obligatoria del servicio.
Lectura rápida
¿Qué hizo el Gobierno?
Modificó por decreto el sistema del Servicio Meteorológico aplicado a la aviación.
¿Qué declaró la norma?
Que el servicio meteorológico aeronáutico es esencial.
¿Quién será el nuevo responsable del servicio?
La Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA).
¿El SMN deja de intervenir?
No, pero pasa a un rol de transición por 180 días.
¿Qué cambia en el financiamiento?
El 10% de la tasa de protección al vuelo deja de ir al SMN y pasa al Tesoro vinculado a EANA.
¿Qué impacto tiene en los paros?
Limita las huelgas que afecten el servicio por su carácter esencial.



