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Un tribunal de La Plata declaró inconstitucional un artículo de la reforma laboral que limita indemnizaciones

El Tribunal del Trabajo Nº 3 de La Plata declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley de reforma laboral, norma que establece límites en la actualización de las indemnizaciones laborales. La decisión judicial se suma a otro fallo similar dictado días atrás por un juez laboral de la provincia de Córdoba.

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La resolución, firmada el viernes pero difundida públicamente este lunes, consideró que el artículo cuestionado vulnera derechos de los trabajadores contemplados en los artículos 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional Argentina.

El caso se originó a partir de una demanda por despido presentada por un trabajador gastronómico, quien había denunciado la falta de registración laboral, ausencia de tareas y falta de pago de salarios. En ese contexto, el tribunal condenó a los empleadores a abonar más de 12,8 millones de pesos en concepto de indemnizaciones, con un plazo de diez días para cumplir con el pago.

Los jueces señalaron que el sistema de actualización previsto por la reforma laboral podría generar una compensación insuficiente frente a la inflación, lo que implicaría una reducción del valor real de los créditos laborales y, por lo tanto, una vulneración de derechos constitucionales.

Qué argumentó el tribunal

En su fallo, los magistrados sostuvieron que aplicar tasas que no reflejen adecuadamente la pérdida del poder adquisitivo del dinero puede afectar de forma irrazonable el monto final de las indemnizaciones.

Por ese motivo, al declarar la inconstitucionalidad del artículo cuestionado, resolvieron no aplicar ese mecanismo y utilizar en su lugar el sistema general de actualización previsto en el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina.

En el texto de la sentencia, los jueces indicaron: “Es de toda evidencia que en los casos de ausencia de registración del contrato de trabajo, el infractor a tales obligaciones debe cargar con las consecuencias inmediatas y mediatas de su obrar derivadas de la trasgresión del deber de diligencia (art. 1728, CCyC; arts. 1 inc. b y LCT)”.

La ley de reforma laboral había recibido su primer revés judicial pocos días antes, cuando un magistrado laboral de Córdoba también declaró la inconstitucionalidad del mismo artículo.

Qué establece el artículo cuestionado

El artículo 55 de la reforma laboral regula cómo deben actualizarse las deudas en los juicios laborales que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la nueva normativa.

El sistema fija que los montos se actualicen con tasas del Banco Central de la República Argentina, pero con un tope máximo equivalente a la inflación más un 3% anual y un mínimo del 67% de ese cálculo.

Según distintas interpretaciones judiciales, ese esquema podría reducir entre un 20% y un 60% el monto que finalmente cobraría un trabajador, en comparación con los criterios que se utilizaban previamente en varios tribunales laborales.

Lectura rápida

¿Qué tribunal tomó la decisión?
El Tribunal del Trabajo Nº 3 de La Plata.

¿Qué declaró inconstitucional?
El artículo 55 de la ley de reforma laboral, que limita la actualización de indemnizaciones.

¿Por qué lo consideró inconstitucional?
Porque podría reducir el valor real de las indemnizaciones frente a la inflación.

¿De qué trataba el caso?
De una demanda por despido de un trabajador gastronómico.

¿Cuánto deberá pagar el empleador?
Más de 12,8 millones de pesos en concepto de indemnización.

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