El Gobierno oficializó la reforma laboral: qué cambia con la nueva ley promulgada por Milei

El presidente Javier Milei promulgó la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, una normativa que introduce cambios relevantes en el sistema de trabajo argentino, incluyendo modificaciones en la Ley de Contrato de Trabajo, el esquema de indemnizaciones, los convenios colectivos y la regulación de plataformas digitales.
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📲 Click AQUÍ La medida fue oficializada mediante el Decreto 137/2026, luego de que la iniciativa fuera aprobada por el Congreso de la Nación el pasado 27 de febrero. La promulgación también lleva las firmas del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
Entre los puntos centrales, la reforma altera el marco de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, redefiniendo algunos conceptos del vínculo laboral y estableciendo nuevos criterios para determinar la relación de dependencia.
Cambios en la relación laboral
La nueva legislación excluye expresamente del régimen laboral a trabajadores independientes, prestadores de servicios de plataformas digitales y personas privadas de libertad. Además, redefine el concepto de trabajo como “toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración”.
También se establece que la presunción de relación de dependencia se limita cuando existan facturas emitidas o pagos acreditados por medios bancarios, lo que introduce un nuevo criterio para determinar si existe o no un vínculo laboral formal.
Nuevo esquema de indemnizaciones
El artículo 245 fue modificado y fija que la indemnización por despido sin causa será equivalente a un mes de sueldo por cada año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año.
La norma también señala que esa indemnización será la única compensación aplicable ante un despido sin causa, lo que impide iniciar reclamos civiles paralelos, salvo en casos vinculados a delitos.
Creación del Fondo de Asistencia Laboral
Uno de los ejes de la reforma es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que deberán constituir los empleadores para cubrir eventuales indemnizaciones.
Las empresas deberán aportar un 1% mensual sobre salarios en el caso de grandes compañías y un 2,5% en el caso de micro, pequeñas y medianas empresas, calculado sobre las remuneraciones del sistema previsional.
Estos fondos serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores y comenzarán a regir desde el 1° de junio de 2026, con posibilidad de prórroga por seis meses.
Regulación para trabajadores de plataformas
La ley incorpora un marco específico para quienes trabajan mediante aplicaciones de transporte o reparto, estableciendo que serán considerados trabajadores independientes y no empleados en relación de dependencia.
Las plataformas deberán brindar seguros contra accidentes personales, capacitaciones y canales digitales para reclamos, mientras que los prestadores podrán decidir libremente sus horarios, conexiones y aceptar o rechazar pedidos.
Servicios mínimos durante huelgas
La normativa también introduce cambios en conflictos colectivos. En caso de huelga en servicios esenciales, se exigirá mantener al menos el 75% de la prestación habitual, mientras que en actividades consideradas trascendentales el mínimo será del 50%.
Además, se amplía el listado de servicios esenciales para incluir telecomunicaciones, recolección de residuos, aeronáutica comercial y seguridad privada. Entre las actividades trascendentales se suman transporte terrestre, industria alimenticia, sistema financiero y sectores vinculados a exportaciones.
Cambios en convenios colectivos y aportes sindicales
La ley también modifica el régimen de convenios colectivos, estableciendo que las cláusulas normativas seguirán vigentes hasta que se firme un nuevo acuerdo, mientras que las cláusulas obligacionales solo continuarán si ambas partes lo pactan.
Además, se fijan límites a aportes establecidos en convenios: los destinados a cámaras empresarias no podrán superar el 0,5% del salario, mientras que los dirigidos a sindicatos tendrán un tope del 2%, sin contar la cuota de afiliación.
Incentivos para registrar trabajadores
La normativa crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que permitirá reducir al 2% las contribuciones patronales durante los primeros cuatro años para empleadores que contraten trabajadores no registrados o desempleados.
También se implementa el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que habilita regularizar relaciones laborales con condonación de hasta el 70% de las deudas con la seguridad social.
Cambios impositivos y derogaciones
Entre otras medidas, se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que permitirá amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de créditos fiscales de IVA para inversiones productivas de pymes.
Además, desde el 1° de enero de 2027 quedarán derogados estatutos laborales especiales, como los correspondientes a viajantes de comercio, periodistas y trabajadores del vidrio, que pasarán a regirse por el régimen laboral general.
La norma también aprueba la transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al fuero laboral de la Ciudad de Buenos Aires, proceso que se implementará de forma gradual mientras continúan las causas en trámite bajo el sistema actual.
Lectura rápida: preguntas y respuestas
¿Qué hizo el Gobierno?
El presidente Javier Milei promulgó la Ley de Modernización Laboral N° 27.802.
¿Qué cambia en las indemnizaciones por despido?
Se mantiene un mes de sueldo por cada año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración del último año.
¿Qué son los Fondos de Asistencia Laboral?
Son fondos que deberán crear las empresas para cubrir indemnizaciones futuras.
¿Cómo quedan los trabajadores de aplicaciones?
Serán considerados trabajadores independientes y no empleados en relación de dependencia.
¿Qué pasa con las huelgas en servicios esenciales?
Se deberá garantizar al menos el 75% de la prestación habitual.
¿Habrá beneficios para registrar empleados?
Sí. Habrá reducción de contribuciones patronales y condonación de deudas para regularizar trabajadores.
¿Cuándo se derogan algunos estatutos laborales especiales?
A partir del 1° de enero de 2027.



