ARCA avanza con recategorizaciones automáticas y crecen los reclamos de monotributistas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el proceso semestral de recategorización de oficio del Monotributo, a partir del cruce de información sobre movimientos registrados en billeteras virtuales y cuentas digitales.
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📲 Click AQUÍ Los contribuyentes alcanzados comenzaron a recibir notificaciones en el domicilio fiscal electrónico donde se les informa que “producto de los controles sistémicos que efectúa el organismo, a partir de la información obrante en nuestros registros, hemos detectado que la categoría que reviste actualmente resulta inexacta, por lo que se procederá a recategotizarlo de oficio”.
El organismo analiza operaciones en cuentas digitales y las compara con la facturación declarada. Si detecta ingresos superiores al tope permitido en la categoría vigente, activa automáticamente el cambio de escala.
El eje de la polémica está en que algunos contribuyentes sostienen que el sistema no diferencia entre ingresos vinculados a la actividad económica y movimientos personales, lo que derivó en múltiples quejas.
Desde el Gobierno, a través de la Oficina de Respuesta Oficial, rechazaron esa versión y aseguraron que “lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas” y remarcaron que “se miran cobros, no transferencias”.
El tributarista César Litvin explicó que “la recategorización de oficio está prevista en la normativa vigente cuando hay diferencias entre lo declarado por el contribuyente y los datos que tiene ARCA”.
Según detalló, “en principio se toma como una inconsistencia sujeta a que el contribuyente pueda demostrar en un descargo que parte de los ingresos en las cuentas o billeteras no se relacionan con ganancias gravadas”, y mencionó como ejemplo transferencias entre cuentas del mismo titular, préstamos u otras acreditaciones ajenas a la actividad.
En esa línea, advirtió que “cualquier ingreso en cuenta presume ganancia, con lo cual el contribuyente debe ser muy cuidadoso y prolijo en el uso de las cuentas cuando no provengan de su actividad”.
Sobre cómo frenar el cambio de categoría si se considera incorrecto, indicó que “la recategorización se evita con un descargo donde se pruebe que parte de los fondos acreditados en las cuentas no se vinculan con montos gravados”.
ARCA establece que el contribuyente cuenta con 15 días hábiles desde la notificación para presentar su descargo. En caso contrario, el organismo aclara que “de no interponer recurso en término, resultará recategorizado automáticamente en la categoría asignada de oficio, a partir del periodo 02/2026 no pudiendo efectuar modificaciones respecto a la nueva categoría asignada, hasta el próximo periodo”.
El trámite debe gestionarse en la web oficial del organismo con clave fiscal, mediante el servicio “Presentaciones Digitales”, opción “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”, adjuntando la documentación respaldatoria.
Finalmente, Litvin sostuvo que “parecería que la idea es que haya menos contribuyentes en el Monotributo”, en referencia al contexto que atraviesan quienes enfrentan recategorizaciones o posibles exclusiones del régimen.
Lectura rápida: preguntas y respuestas
¿Qué está haciendo ARCA?
Está aplicando la recategorización de oficio del Monotributo tras cruzar datos de movimientos digitales.
¿Qué analiza el organismo?
Operaciones comerciales cobradas con tarjeta, débito o QR, según la versión oficial.
¿Por qué hay quejas?
Porque algunos contribuyentes sostienen que se estarían tomando movimientos personales como si fueran ingresos gravados.
¿Se puede apelar?
Sí. Hay 15 días hábiles para presentar un descargo.
¿Qué pasa si no se reclama?
La nueva categoría queda firme desde el período 02/2026 y no podrá modificarse hasta el siguiente período.
avanza con recategorizaciones automáticas y crecen los reclamos de monotributistas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el proceso semestral de recategorización de oficio del Monotributo, a partir del cruce de información sobre movimientos registrados en billeteras virtuales y cuentas digitales.
Los contribuyentes alcanzados comenzaron a recibir notificaciones en el domicilio fiscal electrónico donde se les informa que “producto de los controles sistémicos que efectúa el organismo, a partir de la información obrante en nuestros registros, hemos detectado que la categoría que reviste actualmente resulta inexacta, por lo que se procederá a recategotizarlo de oficio”.
El organismo analiza operaciones en cuentas digitales y las compara con la facturación declarada. Si detecta ingresos superiores al tope permitido en la categoría vigente, activa automáticamente el cambio de escala.
El eje de la polémica está en que algunos contribuyentes sostienen que el sistema no diferencia entre ingresos vinculados a la actividad económica y movimientos personales, lo que derivó en múltiples quejas.
Desde el Gobierno, a través de la Oficina de Respuesta Oficial, rechazaron esa versión y aseguraron que “lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas” y remarcaron que “se miran cobros, no transferencias”.
El tributarista César Litvin explicó que “la recategorización de oficio está prevista en la normativa vigente cuando hay diferencias entre lo declarado por el contribuyente y los datos que tiene ARCA”.
Según detalló, “en principio se toma como una inconsistencia sujeta a que el contribuyente pueda demostrar en un descargo que parte de los ingresos en las cuentas o billeteras no se relacionan con ganancias gravadas”, y mencionó como ejemplo transferencias entre cuentas del mismo titular, préstamos u otras acreditaciones ajenas a la actividad.
En esa línea, advirtió que “cualquier ingreso en cuenta presume ganancia, con lo cual el contribuyente debe ser muy cuidadoso y prolijo en el uso de las cuentas cuando no provengan de su actividad”.
Sobre cómo frenar el cambio de categoría si se considera incorrecto, indicó que “la recategorización se evita con un descargo donde se pruebe que parte de los fondos acreditados en las cuentas no se vinculan con montos gravados”.
ARCA establece que el contribuyente cuenta con 15 días hábiles desde la notificación para presentar su descargo. En caso contrario, el organismo aclara que “de no interponer recurso en término, resultará recategorizado automáticamente en la categoría asignada de oficio, a partir del periodo 02/2026 no pudiendo efectuar modificaciones respecto a la nueva categoría asignada, hasta el próximo periodo”.
El trámite debe gestionarse en la web oficial del organismo con clave fiscal, mediante el servicio “Presentaciones Digitales”, opción “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”, adjuntando la documentación respaldatoria.
Finalmente, Litvin sostuvo que “parecería que la idea es que haya menos contribuyentes en el Monotributo”, en referencia al contexto que atraviesan quienes enfrentan recategorizaciones o posibles exclusiones del régimen.
Lectura rápida: preguntas y respuestas
¿Qué está haciendo ARCA?
Está aplicando la recategorización de oficio del Monotributo tras cruzar datos de movimientos digitales.
¿Qué analiza el organismo?
Operaciones comerciales cobradas con tarjeta, débito o QR, según la versión oficial.
¿Por qué hay quejas?
Porque algunos contribuyentes sostienen que se estarían tomando movimientos personales como si fueran ingresos gravados.
¿Se puede apelar?
Sí. Hay 15 días hábiles para presentar un descargo.
¿Qué pasa si no se reclama?
La nueva categoría queda firme desde el período 02/2026 y no podrá modificarse hasta el siguiente período.
avanza con recategorizaciones automáticas y crecen los reclamos de monotributistas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el proceso semestral de recategorización de oficio del Monotributo, a partir del cruce de información sobre movimientos registrados en billeteras virtuales y cuentas digitales.
Los contribuyentes alcanzados comenzaron a recibir notificaciones en el domicilio fiscal electrónico donde se les informa que “producto de los controles sistémicos que efectúa el organismo, a partir de la información obrante en nuestros registros, hemos detectado que la categoría que reviste actualmente resulta inexacta, por lo que se procederá a recategotizarlo de oficio”.
El organismo analiza operaciones en cuentas digitales y las compara con la facturación declarada. Si detecta ingresos superiores al tope permitido en la categoría vigente, activa automáticamente el cambio de escala.
El eje de la polémica está en que algunos contribuyentes sostienen que el sistema no diferencia entre ingresos vinculados a la actividad económica y movimientos personales, lo que derivó en múltiples quejas.
Desde el Gobierno, a través de la Oficina de Respuesta Oficial, rechazaron esa versión y aseguraron que “lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas” y remarcaron que “se miran cobros, no transferencias”.
El tributarista César Litvin explicó que “la recategorización de oficio está prevista en la normativa vigente cuando hay diferencias entre lo declarado por el contribuyente y los datos que tiene ARCA”.
Según detalló, “en principio se toma como una inconsistencia sujeta a que el contribuyente pueda demostrar en un descargo que parte de los ingresos en las cuentas o billeteras no se relacionan con ganancias gravadas”, y mencionó como ejemplo transferencias entre cuentas del mismo titular, préstamos u otras acreditaciones ajenas a la actividad.
En esa línea, advirtió que “cualquier ingreso en cuenta presume ganancia, con lo cual el contribuyente debe ser muy cuidadoso y prolijo en el uso de las cuentas cuando no provengan de su actividad”.
Sobre cómo frenar el cambio de categoría si se considera incorrecto, indicó que “la recategorización se evita con un descargo donde se pruebe que parte de los fondos acreditados en las cuentas no se vinculan con montos gravados”.
ARCA establece que el contribuyente cuenta con 15 días hábiles desde la notificación para presentar su descargo. En caso contrario, el organismo aclara que “de no interponer recurso en término, resultará recategorizado automáticamente en la categoría asignada de oficio, a partir del periodo 02/2026 no pudiendo efectuar modificaciones respecto a la nueva categoría asignada, hasta el próximo periodo”.
El trámite debe gestionarse en la web oficial del organismo con clave fiscal, mediante el servicio “Presentaciones Digitales”, opción “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”, adjuntando la documentación respaldatoria.
Finalmente, Litvin sostuvo que “parecería que la idea es que haya menos contribuyentes en el Monotributo”, en referencia al contexto que atraviesan quienes enfrentan recategorizaciones o posibles exclusiones del régimen.
Lectura rápida: preguntas y respuestas
¿Qué está haciendo ARCA?
Está aplicando la recategorización de oficio del Monotributo tras cruzar datos de movimientos digitales.
¿Qué analiza el organismo?
Operaciones comerciales cobradas con tarjeta, débito o QR, según la versión oficial.
¿Por qué hay quejas?
Porque algunos contribuyentes sostienen que se estarían tomando movimientos personales como si fueran ingresos gravados.
¿Se puede apelar?
Sí. Hay 15 días hábiles para presentar un descargo.
¿Qué pasa si no se reclama?
La nueva categoría queda firme desde el período 02/2026 y no podrá modificarse hasta el siguiente período.



