INTERÉS GENERAL

RIMI: el régimen que apunta a impulsar inversiones medianas y sumar competitividad en sectores productivos

El borrador de la reforma laboral incorpora un esquema fiscal para atraer capitales y dinamizar a las pymes

El nuevo borrador de la reforma laboral incorpora la creación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta pensada para estimular la llegada de capitales nacionales y extranjeros a actividades productivas en todo el país. El esquema surge como respuesta a un pedido del sector pyme luego del lanzamiento del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y apunta a fortalecer la competitividad, ampliar exportaciones y generar empleo mediante beneficios fiscales acotados y reglas claras.

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El programa abarca a empresas constituidas o habilitadas en la Argentina que realicen nuevas inversiones dentro de los dos primeros años de vigencia de la ley. Los fondos deberán destinarse a la compra o fabricación de bienes muebles nuevos —excepto automóviles— y a la ejecución de obras directamente vinculadas con procesos productivos. Quedan afuera las inversiones financieras, de cartera o bienes destinados a la reventa.

La autoridad de aplicación será la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que podrá solicitar informes técnicos para validar qué proyectos están alcanzados por los beneficios.

Montos mínimos y sectores alcanzados

El RIMI fija umbrales de inversión que varían según el tamaño de la empresa:

  • Microempresas: mínimo de USD 150.000
  • Pequeñas empresas: USD 600.000
  • Medianas tramo 1: USD 3.500.000
  • Medianas tramo 2: USD 9.000.000
  • Grandes compañías: USD 30.000.000

El programa también contempla una categoría sin piso mínimo para inversiones en insumos agrícolas y energéticos considerados estratégicos, como equipos de riego, bienes de eficiencia energética, mallas antigranizo y animales productivos. Todas las metas deberán cumplirse dentro de los dos primeros ejercicios fiscales.

Incentivos fiscales: amortización acelerada y devolución de IVA

Los beneficiarios podrán optar entre el régimen general del Impuesto a las Ganancias o un esquema de amortización acelerada, que permite deducir de manera rápida el valor de la inversión:

  • Bienes muebles amortizables: deducción en dos cuotas anuales iguales.
  • Obras: amortización sobre una vida útil reducida en un 40%.
  • Equipos de riego y mallas antigranizo: deducción en una sola cuota.

En cuanto al IVA, se habilita la devolución anticipada de créditos fiscales luego de tres períodos fiscales desde la compra. Economía y ARCA definirán un cupo anual, lo que acota la magnitud del gasto fiscal.

Restricciones, controles y pérdidas de beneficios

Quedan excluidas del programa las empresas o representantes con condenas por delitos económicos, tributarios, aduaneros o cambiarios, como también quienes tengan deudas fiscales exigibles. Tampoco podrán acceder inversiones ya cubiertas por el RIGI u otros regímenes similares.

Si una empresa incumple los requisitos durante la vigencia del beneficio, el régimen prevé la caducidad inmediata: deberá reintegrar al fisco todos los incentivos recibidos —incluidos créditos de IVA y reducciones en Ganancias— más los intereses correspondientes. Además, podrá aplicarse una multa de hasta el doble de lo usufructuado.

El RIMI exige que los bienes adquiridos permanezcan en la empresa al menos dos años fiscales. La venta anticipada provoca pérdida de beneficios, salvo casos como reposición por un bien de igual o mayor valor, destrucción por siniestro o cuando ya haya transcurrido un tercio de la vida útil declarada.

Economía y ARCA deberán elaborar la reglamentación para aplicar el régimen en todo el país, siguiendo el esquema desplegado anteriormente para el RIGI.

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