La receta electrónica será obligatoria para estudios, prácticas y procedimientos

El Ministerio de Salud de la Nación oficializó la extensión de la receta electrónica para incluir no solo medicamentos, sino también estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 2214/2025.
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📲 Click AQUÍ Esta normativa completa el proceso iniciado el 1° de enero, cuando se hizo obligatoria la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553. A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse digitalmente a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), garantizando un sistema unificado, interoperable y trazable en todo el país.
Entre los avances más importantes se encuentra la implementación de la identificación unívoca y segura del paciente y cada receta, utilizando el CUIL como dato principal y asignando a cada prescripción una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR). Esto permitirá una trazabilidad precisa y evitará alteraciones o duplicaciones.
La nueva regulación también incluye un mecanismo para digitalizar las recetas archivadas y las de prescripción restringida, como psicotrópicos y estupefacientes, con un resguardo mínimo de tres años para facilitar la fiscalización.
Los prestadores y plataformas tendrán plazos escalonados para adaptarse:
- 45 días para la identificación unívoca de recetas.
- 90 días para prescripciones de recetas archivadas.
- 120 días para recetas restringidas.
El Ministerio coordinará con los actores involucrados para facilitar la implementación. En zonas con dificultades de conectividad, se mantendrá el uso de la receta en papel.
Con esta medida, el Gobierno avanza hacia un sistema de salud más moderno, eficiente y transparente, que optimiza el uso de la tecnología para garantizar la seguridad, confidencialidad y control de la información médica y el uso responsable de recursos públicos.
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