Nueva ley de Ganancias: ARCA solo podrá auditar la última declaración jurada bajo el régimen simplificado
El proyecto oficial busca limitar las fiscalizaciones retroactivas y ofrece beneficios para contribuyentes que paguen deudas en forma anticipada

El Gobierno presentó en el Congreso un proyecto de ley que introduce cambios clave en el impuesto a las Ganancias, estableciendo un nuevo régimen simplificado que modifica el alcance de las facultades de fiscalización de ARCA, el organismo recaudador.
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Una de las reformas centrales es que la fiscalización quedará limitada exclusivamente a la última declaración jurada presentada por cada contribuyente. De este modo, incluso si el plazo de prescripción por evasión se reduce a tres años, el fisco no podrá revisar presentaciones anteriores.
“Con esto limitamos la fiscalización al período de la última declaración jurada”, aclararon fuentes oficiales, y añadieron: “Presumimos la buena fe de la gente y hasta que ARCA no determine que un contribuyente miente, se presume que es real la declaración jurada”.
Este principio, denominado “presunción de exactitud”, forma parte de un nuevo régimen que podrán elegir las personas humanas y sucesiones indivisas que, en el año previo a optar por este sistema, hayan tenido ingresos de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones.
Para evitar maniobras de planificación fiscal agresiva, el proyecto establece que estos límites deben haberse verificado también en los dos años anteriores al ejercicio de la opción. Asimismo, se deja abierta la posibilidad de que ARCA imponga requisitos adicionales, como la verificación del origen de los fondos.
Por otro lado, el contribuyente que acepte la liquidación propuesta por ARCA y pague en término, obtendrá un efecto liberatorio del tributo correspondiente a ese período. Esta liberación no aplicará en casos de omisión de ingresos, deducciones indebidas o uso de facturas apócrifas.
Discrepancia significativa y penal tributaria
El proyecto también define el concepto de “discrepancia significativa”, que se aplicará cuando exista una diferencia del 15% o más entre la declaración jurada del contribuyente y la información que posea el fisco.
En cuanto a los procesos penales, el texto introduce una “ventana por única vez” que permitirá a quienes tengan deudas tributarias evitar una denuncia penal si cancelan el total adeudado con intereses antes de que esta sea presentada.
El artículo 11 del proyecto establece que el fisco no podrá realizar denuncias penales si las obligaciones son canceladas de manera total e incondicional antes de la acción judicial.
En caso de que la denuncia ya haya sido presentada, se abrirá una segunda oportunidad, pero con un costo adicional: el pago completo de la deuda, más intereses y un recargo del 50%. Según el Gobierno, este mecanismo busca incentivar el pago inmediato en lugar de iniciar largos procesos judiciales.
“El principal objetivo de la ley es cambiar el paradigma del régimen tributario argentino: pasar de ser un régimen persecutor a recaudador”, remarcaron desde el Ejecutivo.
Además, el proyecto eleva el umbral mínimo para que ARCA pueda avanzar con denuncias penales por evasión simple: solo procederán si el monto supera los $100 millones. De aprobarse la ley, solo quedarían firmes 198 de las 6.652 denuncias penales actualmente vigentes.
La iniciativa fue presentada por el titular de ARCA, Juan Pazo, junto al diputado José Luis Espert, y apunta a promover una relación más eficiente y menos punitiva entre el fisco y los contribuyentes.
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