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ANMAT prohibió productos capilares de la marca Hooga y suplementos dietarios Natulife por riesgo para la salud

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una serie de productos capilares y suplementos dietarios por presentar irregularidades sanitarias que implican riesgos para la salud pública. La medida quedó oficializada mediante las Disposiciones 4165/2025 y 4174/2025, publicadas en el Boletín Oficial.

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Prohibición total de productos de la marca Hooga

Mediante la Disposición 4165/2025, la ANMAT prohibió la elaboración, distribución, comercialización y uso de todos los productos capilares de la marca Hooga, en todas sus versiones, lotes y presentaciones. Entre ellos se encuentran:

  • Botox
  • Keratina
  • Alisado nutritivo
  • Alisado plastificado
  • Alisado mega

La decisión se tomó luego de una investigación iniciada por el Sistema de Cosmetovigilancia, que detectó la oferta de estos productos en canales electrónicos no autorizados, sin el correspondiente registro sanitario. La ANMAT confirmó que no existe constancia de inscripción de la marca en su base de datos de cosméticos habilitados.

Además, el organismo advirtió que el uso de estos alisadores puede exponer a los usuarios a vapores tóxicos, con posibles efectos adversos como:

  • Irritación en piel y ojos
  • Enrojecimiento, ardor y picazón
  • Lagrimeo y tos
  • Irritación de garganta y nariz
  • Alteraciones del tracto respiratorio

ANMAT concluyó que, al desconocerse la composición real del producto, no hay garantías sobre su seguridad, eficacia ni cumplimiento de la normativa vigente.

Suplementos Natulife falsificados: también prohibidos

Por otra parte, mediante la Disposición 4174/2025, se prohibió la venta y comercialización de varios suplementos dietarios falsificados de la marca Natulife, en presentaciones de 1 kg, que contenían:

  • Citrato de magnesio
  • Citrato de potasio
  • Vitamina C (ácido ascórbico)
  • Colágeno hidrolizado

La denuncia fue presentada por la empresa Surfactan S.A., que aseguró que esos productos no pertenecen a su línea comercial y que su firma solo produce envases de 25 kg para uso industrial, no para consumo minorista.

La ANMAT concluyó que los artículos no cumplen con los registros obligatorios, por lo que se prohibió su elaboración, fraccionamiento y venta en todo el país.

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