Tras chocar una grúa municipal y otro auto, recibe multa, sanción e inhabilitación para conducir

Días atrás, un sujeto de 38 años conducía un auto Ford Focus color gris cuando se negó a realizar los controles municipales y se fugó. En ese momento, retrocedió y golpeó un automóvil que se encontraba en la parte de atrás, un Totoya Etios color rojo, abollándolo. Luego, en la esquina de Rivadavia y Garibaldi, colisionó en la parte lateral derecha de una grúa municipal. Se dañó su guardabarros delantero derecho y se produjo una profunda abolladura en la puerta del mismo lado.
La aprehensión se efectivizó en Rivadavia 96 y derivado a la Comisaria Primera. Como broche de oro, se negó a realizar el test de alcoholemia, aunque los agentes afirmaron que dicho test hubiese dado positivo por el aliento fuerte que emanaba. Su vehículo quedó secuestrado y fue trasladado al Corralón Municipal por personal de Tránsito. Ese mismo mediodía se dispuso su liberación.

Sanciones
Luego de dos días de ocurrido el hecho, el Juzgado de Faltas resolvió aplicar una multa de $76.000, una sanción accesoria de reparación del daño causado de $94.000, que devino de un pedido de informe a Movilidad Urbana donde muestra los gastos de reparación de la grúa. Finalmente, fue cargado con tres meses de inhabilitación para conducir.
Se labró un acta por ‘incumplimiento a lo ordenado en el art. 39 de la Ley 13.927 (Todo conductor debe sujetarse a las pruebas expresamente autorizadas, destinadas a determinar su estado de intoxicación alcohólica o por drogas, para conducir. La negativa a realizar la prueba constituye falta, además de la presunta infracción al inciso a) del artículo 48 de la Ley Nacional Nº 24.449.) y art. 36 Dec. 532/09′ por negarse a realizar la prueba de alcoholemia, art. 87 de ordenanza 10238/21, ‘Toda acción u omisión, que obstaculice, obstruya, perturbare o impidiere la inspección o vigilancia realizada por el Municipio en uso de su poder de policía, será sancionada con multa de 30 a 2000 módulos, inhabilitación y/o
clausura de hasta 30 días’.
